lunes, 15 de junio de 2015

Convocado procedimiento de adjudicación de vacantes para el profesorado de Religión para elcurso 2015-16

Reproduzco por ser de interés:
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                                                  Madrid, a 15 de junio de 2015
 Convocado procedimiento de adjudicación de vacantes para el profesorado de Religión para elcurso 2015-16

          Estimados/as compañeros: Como ya os hemos dicho, en el día de hoy se ha publicado en el BOCM la RESOLUCIÓN de 10 de junio de 2015, de la Dirección General de Recursos Humanos, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, de la Comunidad de Madrid, por la que se convoca procedimiento de adjudicación de vacantes para profesores de religión para el curso 2015-2016.

         Tenéis la Resolución en nuestra página WEB, donde iremos añadiendo las novedades que se vayan produciendo al respecto.

          Algunas cuestiones a tener en cuenta, sin perjuicio de la lectura de la Resolución en la que se incluyen algunas novedades respecto a años anteriores:

En el caso de pérdida de horario con carácter forzoso, se aplicarán sucesivamente los siguientes criterios:
a) No tener jornada completa.
b) Menor antigüedad ininterrumpida, con destino indefinido, en el centro como profesor de religión.
c) Menor tiempo de servicios efectivos como profesor de religión.

Modificaciones por ampliación de jornada:
Si hubiese en un mismo centro varios profesores con posibilidad de ampliación de jornada, se aplicarán, en el orden que aparecen, los criterios que se relacionan, sin perjuicio de la valoración por la Administración, oídos los interesados, de la compatibilidad de los diferentes porcentajes de jornada que tengan:
a) Mayor antigüedad ininterrumpida, con destino indefinido, en el centro como profesor de religión.
b) Mayor número de años de servicios efectivos prestados como profesor de religión con contrato indefinido.
c) Profesor con mayor porcentaje de jornada en el centro con destino indefinido.

Los profesores de Religión que hayan participado en los procedimientos de adjudicación de vacantes de los dos últimos años, podrán atenerse a la baremación obtenida en ellos y acreditar exclusivamente los méritos perfeccionados con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes del último procedimiento en el que hayan participado.

Una novedad destacable: Quienes no tengan jornada completa (mencionados en el anexo VI) y no participen en el proceso o participando en él, no acudan al Acto Público o no escojan en él un destino pudiendo hacerlo, no podrán participar en el “concursillo de septiembre”.

PLAZO:
Diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a su publicación, es decir, hasta el viernes 26 de junio, inclusive.

Una vez publicadas las listas provisionales de participantes, se podrán hacer alegaciones contra la relación provisional de admitidos y excluidos y a la valoración de los méritos, en el modelo del Anexo IV-A y Anexo IV-B, indicando el error o defecto que lo motive. Dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la lista provisional, y dirigidos a la Dirección General de Recursos Humanos. 

Un saludo, y ya sabéis dónde estamos.            


                                                                                        USIT-EP

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