jueves, 19 de septiembre de 2019

CONSEJO DE EUROPA: Educación y religión

          CONSEJO DE EUROPA

Parliamentary Assembly                           
Assemblée Parlementaire
Asamblea Parlamentaria


           Recomendación 1720 (2005)


                 Educación y religión

1. La Asamblea Parlamentaria reafirma con fuerza que la religión de cada persona, incluyendo la opción de no tener ninguna religión, es un asunto estrictamente personal. Sin embargo, esto no es incoherente con la opinión de que un buen conocimiento general de las religiones y el sentido resultante de tolerancia es esencial para el ejercicio de una ciudadanía democrática.


2. En su Recomendación 1396 (1999) sobre religión y democracia, la Asamblea afirmaba: “Hay un aspecto religioso de muchos de los problemas que la sociedad contemporánea encara, como movimientos intolerantes fundamentalistas y actos terroristas, racismo y xenofobia, y conflictos étnicos”.


3. La familia tiene un papel supremo en la educación de los niños, incluyendo la opción de una educación religiosa. Sin embargo, el conocimiento de las religiones se extingue en muchas familias. Cada vez más los jóvenes carecen de las herramientas necesarias para comprender completamente las sociedades en las cuales ellos viven y otras con las cuales se enfrentan.


4. Los medios de comunicación - escritos y audiovisuales - pueden tener un papel informativo sumamente positivo. Algunos, sin embargo, sobre todo entre aquellos dirigidos a los más amplios sectores, muy a menudo demuestran una ignorancia lamentable de las religiones, como el mostrado por ejemplo por los paralelismos frecuentes e injustificados entre el Islam y ciertos movimientos fundamentalistas y radicales.


5. La política y la religión deberían ser mantenidas aparte. Sin embargo, la democracia y la religión no deberían ser incompatibles. De hecho ellas deberían ser compañeras válidas en los esfuerzos para el bien común. Por lo que abordando problemas sociales, las autoridades públicas pueden eliminar muchas de las situaciones que pueden conducir al extremismo religioso.


6. La educación es esencial para combatir la ignorancia, los estereotipos y la falta de entendimiento de las religiones. Los gobiernos deben hacer también más para garantizar la libertad de conciencia y de la expresión religiosa, para fomentar la educación en religiones, para alentar el diálogo con y entre religiones y para promover la expresión cultural y social
de religiones.


7. La escuela es un componente principal de la educación, de formar un espíritu crítico en futuros ciudadanos y por lo tanto de diálogo intercultural. Coloca las bases para el comportamiento tolerante, fundado sobre el respeto para la dignidad de cada ser humano.
Enseñando a niños la historia y la filosofía de las religiones principales con moderación y objetividad y con el respeto para los valores de la Convención europea en Derechos humanos, combatirá efectivamente el fanatismo. La comprensión de la historia de conflictos políticos en el nombre de la religión es esencial.
 

8. El conocimiento de las religiones es una parte incorporada del conocimiento de la historia de la humanidad y de las civilizaciones. Es totalmente distinto de la creencia en una religión específica y su observancia. Incluso en los países donde una religión predomina deberían enseñar acerca de los orígenes de todas las religiones antes que favorecer una sola o animar a ganar prosélitos.
 

9. En Europa, hay varias situaciones simultáneas. Sistemas de educación que generalmente - y sobre todo en las escuelas estatales en países supuestamente seculares - no dedican bastantes recursos a la enseñanza sobre religiones, o - en particular en países donde hay una religión estatal y en escuelas confesionales - enfocan sólo una religión. Algunos países han prohibido llevar ropa con símbolos religiosos en escuelas. Estas provisiones han sido juzgadas como en cumplimiento de la Convención europea sobre Derechos humanos.
 

10. Lamentablemente, por todas partes de Europa hay escasez de profesores cualificados para dar la materia comparativa entre las diferentes religiones, por lo que un instituto de formación para profesores europeos tiene que ser establecido, y que podría beneficiarse de la experiencia de un número de institutos y facultades diferentes en los países miembros de la Unión que llevan mucho tiempo investigando y enseñando el sujeto de religiones comparativa.
 

11. El Consejo de Europa asigna un papel clave a la educación en la construcción de una sociedad democrática, pero el estudio de religiones en escuelas aún no ha recibido una especial atención.
 

12. La Asamblea observa además que las tres religiones monoteístas del Libro tienen orígenes comunes (Abraham) y comparten muchos valores con otras religiones, y que los valores mantenidos por el Consejo de Europa se derivan de estos valores.
 

13. En consecuencia la Asamblea recomienda que el Comité de Ministros:
     13.1. examine los enfoques posibles a la enseñanza acerca de religiones en niveles primarios y secundarios, por ejemplo por módulos básicos que serían adaptados subsiguientemente a los varios sistemas de enseñanza;
     13.2. promover la formación inicial del profesor y su perfeccionamiento para que se forme en los estudios religiosos respetando los principios dispuestos en los párrafos anteriores;
     13.3. prever establecer un instituto de educación de profesores europeos para el estudio comparativo de religiones.
 

14. La Asamblea también recomienda que el Comité de Ministros anime a los gobiernos de los Estados miembros a asegurar que enseñan los estudios religiosos en los niveles primarios y secundarios de educación estatal, sobre la base de los criterios siguientes, en particular:
     14.1. el objetivo de esta educación debe ser hacer que los alumnos descubran las religiones practicadas en sus propios países y en los vecinos, para hacerlos percibir que cada uno tiene el mismo derecho de creer que su religión es “la fe verdadera” y que otras personas no son seres humanos diferentes por tener una religión diferente o por no tener una religión en absoluto;
     14.2. esto debería incluir, con una imparcialidad completa, la historia de las religiones principales, así como la opción de no tener ninguna religión;
     14.3. esto debería proporcionar a los jóvenes los instrumentos educativos que les permitan estar seguros frente a los partidarios de una práctica fanática religiosa;
     14.4. esto no debe sobrepasar la frontera entre los reinos de la cultura y el culto, aún en países con una religión estatal que les incumba. Esto no es un asunto de inculcar una fe, pero sí de hacer entender a los jóvenes por qué las religiones son las fuentes de fe para millones de personas

    14.5. Los maestros en religiones necesitan tener la instrucción específica. Deben ser maestros de una disciplina cultural o literaria. Sin embargo, los especialistas en otras disciplinas podrían ser hechos responsable de esta educación;
     14.6. las autoridades estatales deben cuidar de la formación del profesor e imponer los programas que deben ser adaptados a las particularidades de cada país y a las edades de los alumnos. Al idear estos programas, el Consejo de Europa consultará a todos socios concernidos, incluyendo a los representantes de las fe religiosas.


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1. El debate de asamblea sobre el 4 de octubre de 2005 (la 27a Sesión) (ver Doc. 10673, informe del Comité contra Cultura, Ciencia y Educación, ponente: Sr. Schneider).

Texto adoptado por la Asamblea sobre el 4 de octubre de 2005 (27a Sesión).


Texto original del Consejo de Europa:

http://assembly.coe.int/nw/xml/XRef/Xref-XML2HTML-en.asp?fileid=17373&lang=en

miércoles, 4 de septiembre de 2019

USIT-EP GANA EN EL TRIBUNAL SUPREMO EL INCREMENTO DE SEXENIOS PARA LOS PROFESORES DE RELIGIÓN



Unión Sindical Independiente de Trabajadores
Empleados Públicos


C/ Bravo Murillo 39, Escalera 50 (E)

Local sindical - 28015 Madrid
Teléfono 91 594 55 60 - Fax 91 593 80 77




USIT-EP GANA EN EL TRIBUNAL SUPREMO EL INCREMENTO DE SEXENIOS PARA LOS PROFESORES DE RELIGIÓN



Madrid, 4 de septiembre de 2019


(UNA MEJORA QUE LA ADMINISTRACIÓN Y LOS SINDICATOS DOCENTES HABÍAN PACTADO SÓLO PARA LOS FUNCIONARIOS DE CARRERA)


Estimadas/os compañeras/os:

Tal y como os informamos el pasado mes de junio, desde septiembre de 2017 los funcionarios de carrera han incrementado los sexenios, como consecuencia del “Acuerdo para los funcionarios docentes de mejora de las condiciones de trabajo”, que en su artículo 18 contempla un incremento de la cuantía de los sexenios SOLO para los funcionarios de carrera, EXCLUYENDO A LOS INTERINOS (y al profesorado de religión).

Por ello, queremos recordar, una vez más, que tras reiteradas peticiones de USIT-EP para homologarnos con los funcionarios de carrera a este respecto, la Dirección de Recursos Humanos NO se dignó siquiera responder y, a mayor abundamiento, en distintas reuniones con la DGRRHH, en las que presentes todos los representantes de las organizaciones sindicales del Comité de Empresa, recibimos la siguiente respuesta: «se supone que sabéis leer, porque el Acuerdo dice muy claro que es sólo para los funcionarios docentes de carrera y vosotros no lo sois». Razón por lo que interpusimos un CONFLICTO COLECTIVO (que beneficia a la totalidad del profesorado de Religión de la Comunidad de Madrid) ante el TSJ de Madrid. El juicio, que tuvo lugar el 16 de mayo de 2018, como ya os manifestamos, fue especialmente bronco por la dura oposición de la Comunidad de Madrid a nuestra pretensión, aunque finalmente el TSJM dio la razón a la USIT-EP. Dura oposición que casa mal con el falso mantra de que se estaba negociando.

Hoy, desde USIT-EP nos congratulamos en poder informaros que el Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto por la Consejería de Educación e Investigación, confirmando la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid:

«(...), debemos declarar y declaramos el derecho de los profesores de religión de centros públicos de la Comunidad Autónoma de Madrid, al incremento retributivo contenido en el artículo 18 del Acuerdo de 9 de enero de 2018, del Consejo de Gobierno (...), por ser un derecho de los funcionarios docentes interinos, y debemos condenar y condenamos a la Consejería de Educación e Investigación a retribuir en las cantidades y en el porcentaje correspondiente, a tenor del artículo 18 del citado Acuerdo de 9 de enero de 2018, del Consejo de Gobierno, desde el 1 de septiembre de 2017 y en toda su amplitud».

Por consiguiente, el incremento, siempre aplicado a las retribuciones percibidas el curso 2016-2017, será el siguiente:


— Desde el inicio del curso 2017-2018: Se incrementará un 10%.
— Desde el inicio del curso 2018-2019: Se incrementará un 20%.
— Desde el inicio del curso 2019-2020: Se incrementará un 30%.
— Desde el inicio del curso 2020-2021: Se incrementará un 40%»

Por otro lado, para aquellos que, mintiendo a sabiendas para ocultar su ineptitud y pasividad, nos han venido diciendo que se estaba negociando, la sentencia dice:

«QUINTO.- Por la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación e Investigación de la CAM se envió documento (obrante al folio 51 de los autos) manifestando que «el incremento de la cuantía de los sexenios previsto en el artículo 18 del Acuerdo de 9 de enero de 2018 es actualmente (a cuatro de mayo de 2018) objeto de negociación». Y lo sigue siendo a la fecha de celebración del juicio oral (16 de mayo de 2018).- SEXTO.- Que se ha agotado la vía previa con escrito de 17 de enero de 2018, sin que haya habido respuesta alguna (Documento n° 5)».

Esto es: el 4 de mayo de 2019 (respondiendo a una pregunta tramitada por vía judicial), la DGRRHH dice que se estaba «negociando»; el 16 de mayo de 2019 (fecha del juicio) siguen diciendo que es objeto de «negociación», para seguidamente, el 24 de mayo de 2019, habiendo convocado a las secciones sindicales del Comité de Empresa de Profesores de Religión, para hablar de los permisos y licencias, se ratifica que respecto al incremento de los sexenios no había nada que negociar.

Pese a todo, y ante la falta de voluntad política y sindical de la Administración y de los sindicatos serviles, USIT-EP, con independencia y profesionalidad, sigue manteniendo su inequívoco compromiso con los profesores de Religión, haciendo nuestras las palabras de M. Luther King: “Un derecho no es lo que alguien te debe dar. Un derecho es lo que nadie te debe quitar”.

Ya nos hemos dirigido a la administración solicitando el cumplimiento de la sentencia.

¡Felicidades a todo el colectivo! y un cordial saludo de bienvenida al nuevo curso escolar!



USIT-EP

martes, 3 de septiembre de 2019

Espiritualidad para educadores

Sinopsis

 Integrar trabajo y vida espiritual, viviendo la fe en la tarea del día a día y no sólo en las dimensiones más explícitamente religiosas, es uno de los retos fundamentales para los cristianos. Además, es un elemento constitutivo de la espiritualidad ignaciana, que nos lleva a “buscar y hallar a Dios en todas las cosas”.

¿Por qué leer "Espiritualidad para educadores"?

Este libro recoge una serie de charlas que el autor ha impartido en distintos centros educativos con la finalidad de ayudar a vivir la tarea educadora como una dimensión central de la vida espiritual. Pero su contenido es aplicable no solo a los educadores, sino a todos los cristianos que desean que su trabajo y su fe sean dos dimensiones de su vida no paralelas sino interrelacionadas. Con un lenguaje claro y sugerente, Darío Mollá nos da pistas para vivir más desde el ser que desde el hacer, para crear dinámicas vitales que favorezcan la experiencia personal de Dios o para vivir nuestra relación con Dios al hilo del curso académico.
  “La espiritualidad ignaciana pretende ayudar a que nuestro trabajo sea él mismo, en sí mismo, un auténtica experiencia “espiritual”. Es decir: que más allá de los inevitables componentes de esfuerzo, o de rutina, o de agobio en determinados momentos, sea un lugar de encuentro con Dios: o sea, una experiencia interiormente gozosa, constructora de nuestra persona, que nos abra a los demás y que nos haga capaces de ayudarles…Y que ello se dé, incluso, con independencia del gusto o disgusto que nos producen las exigencias de un determinado momento” (pág. 69).

domingo, 1 de septiembre de 2019

Córdoba: 7 de cada 10 familias eligen la asignatura de religión

En torno al 70% de los alumnos de Primaria de los colegios públicos de Córdoba elige la asignatura de Religión, según CCOO y CSIF. Asignatura que se pretende reforzar, todos los centros deberán impartir al menos una hora a la semana entre primer a tercer curso y dos horas de cuarto a sexto curso.

En torno al 70% de los alumnos de Primaria de los colegios públicos de Córdoba elige la asignatura de Religión, según CCOO y CSIF, una asignatura que la Consejería de Educación tiene previsto reforzar este curso aumentando el horario lectivo. De esta forma, todos los centros deberán impartir al menos una hora a la semana entre primer a tercer curso y dos horas de cuarto a sexto curso.
Hasta ahora, “había una mayoría de centros públicos que impartía hora y media de Religión en todos los cursos, frente a una minoría que se quedaba en el mínimo, una unidad horaria de 45 minutos (el resto de horario lectivo se cubría con tutorías, claustros, reuniones de departamento…), y otros, también casos excepcionales, que ofrecían el máximo de dos horas”, según Patricio Pérez, responsable de Educación de CCOO, que señala la disminución al menos en un 20% del alumnado de Religión a partir de Secundaria. Para el sindicato, “los padres eligen Religión para no señalar a sus hijos”, según recoge el Diario Córdoba.
La nueva normativa, que se publicó a finales de junio y que no estaba prevista por los equipos directivos al cierre del curso pasado, obligará a reestructurar los horarios para recolocar los efectivos disponibles y, en ciertos centros, exigirá contar con más profesores a partir de septiembre. La cifra exacta aún no ha sido facilitada por la Consejería de Educación. El sistema de acceso de estos docentes en los centros públicos es muy distinto al del resto, ya que depende del Ministerio de Educación y no de la Junta y es la Iglesia y no una institución académica quien certifica su idoneidad. 
Según CCOO, «el Obispado establece el orden en la bolsa según su criterio», lo que supone «una anomalía» que debe corregirse «sacando la asignatura de Religión de las aulas y de los claustros y convertirla, como mucho, en una actividad extraescolar». Cabe recordar que la asignatura de Religión volvió a ser evaluable cuando la Lomce entró en vigor y desde entonces, su nota cuenta en el expediente del alumno.
Por su parte, CSIF ha criticado que la Consejería de Educación haya modificado la carga horaria «de forma unilateral y a través de unas instrucciones en lugar de con un decreto». Defiende además los derechos laborales de estos docentes y afirma que en Córdoba han detectado «una situación anómala al rescindir los contratos de decenas de maestros de Religión por otros nuevos contratos y minoración sustancial del número de horas de clase a impartir», lo que podría ser motivo de denuncia ante los juzgados.