El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha estimado parcialmente el recurso interpuesto contra la asignatura Educación para la Ciudadanía (EpC) por lo que ha declarado nulas distintas expresiones referentes a la ideología de género y opciones vitales contenidas en las Órdenes de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía de 10 de agosto de 2007 por las que se desarrollan los currículos correspondientes a la Educación Primaria y Secundaria Obligatoria en la comunidad autónoma andaluza.
En este sentido, la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, argumenta que el límite que exige el principio de neutralidad ideológica "sí se rebasa" en los Reales Decretos que configuran EpC porque la regulación que ofrece "revela a las claras que se está más allá de transmitir los valores de libertad, justicia, igualdad y pluralismo político recogidos en la Constitución, sobrepasando lo que sea una enseñanza teórica y práctica de los principios democráticos de convivencia".
De la misma manera, la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA --con sede en Sevilla-- concluye que la afirmación curricular de que los derechos humanos dependen del contexto o de la coyuntura histórica y son susceptibles de ser creados o destruidos "es un postulado ideológico que no está incorporado en la norma constitucional".
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