sábado, 11 de diciembre de 2021

Villancico 2021 | En los brazos de un carpintero - Coro de Tajamar

Día de los Derechos Humanos —Igualdad y Religión—

 

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Unión Sindical Independiente de Trabajadores - Empleados Públicos

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Madrid, 10 de diciembre de 2021

Estimadas/os compañeras/os:

 

          La Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH), el 10 de diciembre de 1948, día en que se proclama los derechos inalienables que corresponden a toda persona como ser humano, independientemente de su raza, color, religión, sexo, idioma, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.

 

          El lema de la campaña del Día de los Derechos Humanos de 2021 es: Igualdad, que hace referencia al primer artículo de la Declaración Universal. Es el derecho de todos los seres humanos a ser iguales en dignidad, a ser tratados con respeto y consideración y a participar sobre bases iguales en cualquier área de la vida económica, social, política, cultural o civil.  El Estado debe ser capaz de proteger a sus habitantes de discriminación y opresión.

 

          Eleanor Roosevelt, activista y primera dama de EE.UU., decía que «En definitiva, ¿dónde empiezan los derechos humanos universales? En pequeños lugares, cerca de casa; en lugares tan próximos y tan pequeños que no aparecen en ningún mapa. […] Si esos derechos no significan nada en estos lugares, tampoco significan nada en ninguna otra parte. Sin una acción ciudadana coordinada para defenderlos en nuestro entorno, nuestra voluntad de progreso en el resto del mundo será en vano

 

          La igualdad en dignidad y derechos que propician y alientan los derechos humanos son las acciones de los santos de la puerta de al lado: igualdad entre mujeres y hombres, igualdad en el trabajo... Para ello la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas se ha comprometido a que «Las leyes, políticas y prácticas combatan la discriminación en todas sus formas con más eficacia y que las autoridades responsables trabajen en forma activa para “no dejar a nadie atrás”; por ejemplo, abordando las causas fundamentales de la desigualdad.» Tampoco a restringir esos derechos humanos a grupos especiales.

 

          La posición de la religión en los espacios públicos está amenazada por ideologías añejas que pretenden imponerse, sobre todo en su enseñanza de la misma en los centros públicos. USIT-EP, en su defensa de los derechos amplios de los docentes de Religión en centros públicos, seguirá haciendo su labor centrada en las personas y para que los tribunales y las instituciones públicas incrementen el control y la investigación de la discriminación y brinden reparación.


                                                                    USIT-EP

sábado, 6 de noviembre de 2021

Por qué USIT-EP no firma el Acuerdo de teletrabajo

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Unión Sindical Independiente de Trabajadores - Empleados Públicos

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Madrid, 5 de noviembre de 2021

 

POR QUÉ USIT-EP NO FIRMA EL ACUERDO SOBRE TELETRABAJO

 

PROLEGÓMENOS

 

         Con fecha 24 de septiembre de 2021, los funcionarios docentes firmaron con la Dirección General de Recursos Humanos el «Acuerdo por el que se regula la modalidad de teletrabajo en el ámbito del personal docente de enseñanza pública no universitaria de la Comunidad de Madrid» (ver enlace), en el que se recoge, ilegítimamente, la inclusión de los profesores de Religión, momento en el que el presidente del Comité de Empresa de profesores de Religión aplaude que nos hayan hurtado la posibilidad de negociar en nuestro ámbito un Acuerdo propio.

 

Con fecha 28 de septiembre de 2021, cuando supimos del Acuerdo, dirigimos un escrito a la Dirección General de Recursos Humanos en el que denunciábamos la inclusión del colectivo de profesores de Religión en el «Acuerdo por el que se regula la modalidad de teletrabajo en el ámbito del personal docente de enseñanza pública no universitaria de la Comunidad de Madrid», firmado entre las organizaciones sindicales con representación entre los funcionarios docentes y la Dirección General de Recursos Humanos (DGRRHH). Organizaciones sin representación ni legitimación alguna entre el profesorado de Religión.

 

En el citado escrito decíamos:

 

«Que se proceda de inmediato a dejar sin efecto el apartado 3.1c) del “Acuerdo por el que se regula la modalidad de teletrabajo en el ámbito del personal docente de enseñanza pública no universitaria de la Comunidad de Madrid”, por falta de legitimidad de los sindicatos firmantes y por vulneración de derechos fundamentales, y se inicie la necesaria negociación con las secciones sindicales con representación suficiente en el Comité de Empresa a efectos de regular la modalidad de teletrabajo en el ámbito del profesorado de Religión en centros públicos.»

 

Ello dio lugar a que la DGRRHH convocara una reunión telemática con los legítimos representantes del profesorado de Religión, en fecha 4 de octubre de 2021.

 

Posteriormente, el 7 de octubre de 2021, se nos ha remitido el borrador de un documento de «Acuerdo por el que se regula la modalidad de teletrabajo para el profesorado de Religión de enseñanza pública no universitaria de la Comunidad de Madrid» a los efectos de realizar las alegaciones pertinentes al mismo, y que remite al citado Acuerdo de los funcionarios docentes.

 

A ESE BORRADOR HICIMOS, ENTRE OTRAS, ESTas alegaciones:

 

I. Solicitamos la eliminación, por nulidad radical de pleno derecho, de nuestra inclusión en el “Acuerdo por el que se regula la modalidad de teletrabajo en el ámbito del personal docente de enseñanza pública no universitaria de la Comunidad de Madrid”, firmado con los sindicatos de los funcionarios docentes.

 

II. Insistimos en que no es de recibo que un nuevo Acuerdo para el profesorado de Religión, lo sea por remisión al de los funcionarios docentes, aunque sirva de referencia. Debe especificarse, artículo por artículo, el contenido. Cualquier docente de Religión debe poder leer el Acuerdo sin necesitar tener delante el de funcionarios docentes.

 

III. Manifestamos que el artículo 4, apartado 5, sobre la voluntariedad y reversibilidad de esta modalidad de teletrabajo, debía contener los plazos de preaviso para el ejercicio del teletrabajo y para las situaciones de reversibilidad.

 

IV. Indicamos que se dotara de ordenadores a disposición del profesorado para su utilización cuando estén prestando sus servicios bajo la modalidad de teletrabajo. En este apartado exigíamos fijar una partida económica a estos efectos.

 

V. Señalamos la contradicción entre la voluntariedad del docente para el teletrabajo y la autorización del director/a, sin que esté recogido en el Acuerdo en qué casos puede denegarse al docente el teletrabajo, ni el modo de impugnación: inspección, DAT o DGRRHH. Este apartado abre la puerta a arbitrariedades.

 

VI. Nos opusimos a que el Acuerdo mantuviese que el profesor de Religión debe: «aportar conexión a internet que cumpla con las características que defina la Comunidad de Madrid, en su caso.» Y que además debe cumplir con las características que defina la Comunidad de Madrid. Por ello adujimos que existe «El derecho al abono y compensación de gastos», y propusimos un complemento anual o, incluso, incrementar el abono económico de desplazamiento que, aunque suene paradójico, tendría esos efectos.

 

VII. Exigimos un complemento por exceso horario y por los gastos ocasionados por el teletrabajo, toda vez que el Acuerdo contiene que el teletrabajo no supondrá, en ningún caso, un incremento de la jornada del personal docente, pero todos sabemos por experiencia reciente, que el teletrabajo conlleva siempre una ingente dedicación horaria.

 

VIDEOCONFERENCIA DE 29 DE OCTUBRE DE 2021

 

Nos enviaron un correo, a las 10:15 h. del 27 de octubre 2021 para una reunión, a través de videoconferencia, para el 29 de octubre de 2021, que no incluía siquiera un borrador (ver enlace) con las posibles modificaciones después de las alegaciones. Solo previa exigencia de USIT-EP se nos envía un llamado «borrador» a las 19:15 h. En la citada reunión todos los sindicatos se mostraron a favor de firmar el Acuerdo, con el argumento de que nos igualaba con los funcionarios docentes, sin reparar en que lo que no debe existir es discriminación, pero que somos unidades de negociación distintas, pues para eso tenemos un Comité de Empresa y unas secciones sindicales propias de los profesores de Religión.

 

En esa reunión mantuvimos que el borrador no había mejorado en nada, sino que se ha realizado un «pasticcio» ininteligible. Se nos presenta una introducción y un Anexo que reproduce el Acuerdo de los funcionarios docentes, sin recoger ninguna de las aportaciones de USIT-EP, lo que significa incumplir con el principio de «buena fe negocial». Para mayor bochorno la representante de USO, en su turno de palabra, acudió en defensa de la Administración para afirmar que ella no veía mala fe, desconociendo el significado como institución jurídica. En fin… Pese a ello, todos los sindicatos mostraron su deseo de salir en la foto, aunque la Administración ni siquiera ha enviado, a fecha de hoy, el acta de las dos reuniones por videoconferencia, pese a que se les ha pedido formalmente.

 

                                              

Qué nos lleva a no firmar EL ACUERDO DE TELETRABAJO

 

Después de la reunión a estos efectos de la Comisión Ejecutiva, los miembros del Comité de Empresa de USIT-EP y los delegados sindicales, la posición del conjunto es NO FIRMAR por los siguientes motivos:

 

Cuestiones formales

 

a)   Ha existido mala fe en la negociación por parte de la Administración y seguidismo de sus sindicatos afines. Desde el primer momento se ha pretendido que nos adhiriéramos al Acuerdo de los funcionarios docentes, y se ha mantenido hasta el final.

 

b)   No ha habido negociación alguna, sino imposición del mismo Acuerdo que para los funcionarios docentes, pero con un Anexo que desvirtúa el Acuerdo como una unidad de negociación propia.

 

c)   Se ha hecho caso omiso a las justas y razonadas reivindicaciones de USIT-EP.

 

d)   La firma del Acuerdo no supone que se abra una vía de negociación para otras cuestiones de vital importancia para el profesorado de Religión.

 

e)   No se ha suprimido el artículo 3 c) del Acuerdo de los funcionarios docentes la mención al profesorado de Religión.

 

Cuestiones materiales

 

f)    El teletrabajo no se aplicará a la docencia directa de grupos de alumnos, tutoría, refuerzo individual dentro del grupo ordinario, agrupamiento flexible en materias instrumentales y en centros bilingües, atención a alumnos con necesidades educativas especiales, actividades lectivas de recuperación, profundización o desdoblamiento, períodos de recreo vigilado del alumnado, guardias y apoyo a los docentes de guardia para sustitución de profesores ausentes, así como otras de carácter similar.

 

g)   Solo podrá realizarse el teletrabajo en reuniones de los equipos docentes y tutores, reuniones de los órganos de coordinación didáctica, reuniones del claustro de profesores, entrevistas con madres y padres... Esto supone su práctica inaplicabilidad en educación infantil y primaria y poca o nula operatividad en secundaria y bachillerato.

 

h)   Pese a lo dicho en el Acuerdo, la prestación de servicios mediante teletrabajo supondrá un INCREMENTO DE LA JORNADA del personal docente, sin compensación alguna.

 

i)     La AUTORIZACIÓN PARA EL TELETRABAJO del personal docente será otorgada por el director, pero no se fijan los criterios en caso de denegación, ni la forma de recurrir una decisión improcedente, por lo que generará indefensión.

 

j)    LOS profesorES debeN aportar conexión a internet que cumpla con las características que defina la Comunidad de Madrid, y también su propio ordenador, pues pese a lo acordado no se ha fijado ninguna partida por estos gastos.

 

k)   La Comunidad de Madrid podrá obligar al teletrabajo (y teledocencia) cuando concurran situaciones extraordinarias o excepcionales, por razones de emergencia sanitaria o fuerza mayor que impliquen la suspensión temporal de la actividad educativa presencial en los centros docentes. Pero, incluso en estos casos, tampoco hay una partida económica por incremento de la jornada y gastos del docente.

 

Los demás sindicatos han manifestado su voluntad de firmar el citado Acuerdo negando, una vez más, al profesorado de Religión el necesario decoro que le corresponde. Por ello a partir del 10 de noviembre (fecha de la firma) entrará en vigor.

 

USIT-EP no firma por dignidad y coherencia con el trabajo realizado en solitario ante el silencio cómplice del resto de sindicatos.

 

 

USIT-EP


viernes, 10 de septiembre de 2021

Presentación Informe de Libertad Religiosa en el mundo

El Supremo de Italia sentencia a favor de mantener crucifijos en las escuelas públicas: no es discriminatorio

Aborda el caso de una escuela pública en Terni En un país como Italia, la exhibición de un crucifijo, que está vinculada a la experiencia vivida por una comunidad y a la tradición cultural de un pueblo, no constituye un acto de discriminación. Así lo ha establecido una sentencia del Tribunal de Casación que depende del Tribunal Supremo del país transalpino. (Agencias/InfoCatólica) Un instituto profesional estatal en Terni (Italia) había colocado una cruz en un aula por decisión mayoritaria de la asamblea de estudiantes. El problema se había planteado por la denuncia de un profesor que afirmaba que la presencia del crucifijo en el aula vulneraba su libertad de conciencia y deseaba dar clases sin él. «Los jueces del Tribunal Supremo -ha explicado monseñor Stefano Russo, secretario general de la Conferencia Episcopal Italiana (CEI)- confirman que el crucifijo en las aulas no crea divisiones ni oposiciones, sino que es la expresión de un sentimiento común arraigado en nuestro país y el símbolo de una tradición cultural milenaria». La decisión del Tribunal -continúa el prelado- «aplica plenamente el principio de libertad religiosa consagrado en la Constitución, rechazando una visión laicista de la sociedad que quiere esterilizar el espacio público de toda referencia religiosa. En esta sentencia el Tribunal reconoce la importancia de la libertad religiosa, el valor de la pertenencia, la importancia del respeto mutuo». «Es innegable que el hombre que sufre en la cruz no puede dejar de ser un símbolo del diálogo -dijo monseñor Russo-, porque no hay experiencia más universal que la compasión por el prójimo y la esperanza de salvación. El cristianismo que impregna nuestra cultura, incluso la secular, ha contribuido a construir y acrecentar a lo largo de los siglos una serie de valores compartidos que se expresan en la acogida, el cuidado, la inclusión, la aspiración a la fraternidad».

martes, 3 de agosto de 2021

¡Felices vacaciones!

 


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Madrid, 29 de julio de 2021

 

Estimadas/os compañeras/os:

 

          Después de los actos públicos para la adjudicación de destinos provisionales para el curso escolar 2021/22, que se han realizado por diócesis (Alcalá, Madrid y Getafe) los días 27, 28 y 29 de julio, no podemos estar satisfechos con  el resultado global, aunque nos felicitamos por haber sido citados de forma presencial y no telemática, por ajustarse mejor al procedimiento, como siempre hemos exigido.

    

          Queda patente que se han hecho demasiados contratos indefinidos en este curso acabado, y que muchos compañeros, demasiados, se quedan con destinos precarios de forma involuntaria, sobre todo en educación infantil y primaria de la diócesis de Getafe.

 

          Por otro lado, tampoco estamos satisfechos por no haberse convocado a este colectivo para adjudicar los destinos definitivos vacantes que, de forma voluntaria, los compañeros pudieran solicitar, sin que el criterio alegado por la Dirección General de Recursos Humanos se sostenga mínimamente en absoluto.

 

          En cualquier caso es hora de replegar velas para intentar descansar y compartir con la familia o los amigos unos días vacacionales, por nuestra parte eso no significa que no estemos pendientes, solo a través del correo electrónico, de cualquier urgencia que pudiera surgir: usitep@gmail.com

 

          Deseamos que continuéis o iniciéis un cambio en las rutinas habituales y que tengáis unos días refrescantes en los que os repongáis de un curso con tantas asperezas; y a recobrar fuerzas y ánimos.         

 

     Un afectuoso saludo, y ¡Feliz descanso!

 

                                                                                                     USIT-EP

viernes, 9 de julio de 2021

¿Por qué es útil la clase de Religión?

    El pasado 18 de mayo, con motivo del debate en el Congreso de los Diputados de la llamada “ley trans”, el diputado de ERC Gabriel Rufián apeló a las supuestas convicciones cristianas de los diputados de Vox y les recriminó con sarcasmo que “creen en serpientes que hablan, en palomas que embarazan, que las mujeres salen de la costilla del hombre y que si nos portamos mal llegará una lluvia de fuego y nos quemará”. Estas palabras tuvieron respuesta posteriormente por parte del cardenal Omella, arzobispo de Barcelona y presidente de la Conferencia Episcopal Española, que lamentó “las palabras de burla contra los católicos” del portavoz de ERC en el Congreso.


    En realidad, lo que provoca la intervención de Gabriel Rufián es un clamor por la clase de Religión. Supongo que el señor diputado, cuando era niño, no cursó esa materia, porque, de lo contrario, no habría dicho esas palabras que, sin querer llevarle la contraria al cardenal Omella, ni siquiera llegan a ser burlas, sino que proclaman la oceánica ignorancia de quien las profiere.

    Porque una de las cosas que se enseña a los chavales en la clase de Religión es precisamente a descubrir que, en la Escritura hay géneros literarios. Por ejemplo, fábulas, cuyos protagonistas, por definición, son animales o cosas que se comportan como seres humanos. Una hermosa fábula, protagonizada por árboles y plantas, la encontramos en el libro de los Jueces (9,6-15). O mitos, que son relatos “simbólicos” cuya verdad reside no en la literalidad de lo que se dice, sino en un nivel más profundo; y de esto saben mucho los primeros capítulos del Génesis. O textos apocalípticos, con una fisionomía y características muy particulares, como vemos en algunos pasajes del profeta Zacarías o en el último libro de la Biblia cristiana: el Apocalipsis.

 

Un absoluto desprecio

    Uno de los dramas de nuestro mundo –con diferentes matices o niveles en nuestras sociedades occidentales– es su absoluto desprecio de la religión. Es verdad que la religión –o una mala interpretación de ella– ha causado muchos males, pero también es innegable la cantidad de valores que comporta y que, se quiera reconocer o no, siguen vigentes en nuestro mundo, formando parte esencial de nuestras sociedades.

>>>

miércoles, 7 de julio de 2021

¿Qué dicen los números en la Biblia?

Fuente>>>

Hace unos días he tenido la ocasión de ver una de esas series que emiten las nuevas plataformas televisivas. Se trata de ‘Shtisel’, que es el nombre de la familia de judíos ultraortodoxos que viven en Jerusalén y cuyas aventuras y desventuras cuenta la serie.

En el primer capítulo, el joven Akiva (o Kive) Shtisel –uno de los grandes protagonistas– entra en el aula del ‘jeder’ –la escuela elemental tradicional– donde sustituye a un maestro que está de baja. Allí les dice a los muchachos que seguirán estudiando donde se han quedado: en la parte en que “un buey que corneó a una vaca”. Y pregunta a los chicos en qué página de la ‘Guemará’ –una parte del Talmud– se encuentra el pasaje. Ellos no responden, y él les dice que en la p. 46, “porque la vaca hace: ‘Mu’”. Los muchachos no parecen entender a qué se refiere su nuevo maestro y, simplemente, se ríen.

Shtisel

Pero Akiva Shtisel está haciendo uso de un recurso del rabinismo llamado ‘gematría’, que consiste en jugar con el valor numérico de las letras, ya que en hebreo no existían signos para los números. Así, el valor de la letra ‘mem’ (eme) y de la ‘waw’ (que se emplea para la u) suman 46.

 

Catorce

Este recurso de la gematría, junto con otras técnicas y principios, sirvió a los maestros judíos para leer la Escritura y obtener nuevos sentidos para su vida. También el cristianismo de los orígenes, como fenómeno que, en definitiva, procedía del judaísmo, empleó estos recursos para hacer teología. Así al menos lo consideran muchos autores cuando leen textos como este, con que concluye la genealogía de Jesús en el primer capítulo del evangelio de san Mateo: “Así, las generaciones desde Abrahán a David fueron en total catorce; desde David hasta la deportación a Babilonia, catorce; y desde la deportación a Babilonia hasta el Cristo, catorce” (Mt 1,17).

En efecto, algunos autores, entre ellos el gran especialista español Alejandro Díez Macho (1916-1984), consideran que la clave del versículo, obviamente, está en el número 14. Con la gematría en la mano, una palabra que suma 14 es precisamente “David” (d = 4; v = 6; d = 4; en hebreo, las vocales no cuentan). De modo que lo que el evangelista estaría haciendo es invocar tres veces el nombre de David sobre Jesús, una forma de decir que Jesús es el Mesías, el Hijo de David.

jueves, 24 de junio de 2021

Oración para dar gracias por el curso que acaba

Al acabar el curso, organizando despedidas y actividades y evaluando y cuadrando notas, se nos puede olvidar dar gracias a Dios por tantos regalos recibidos en los últimos meses.

La oración de esta galería de imágenes puede ayudarte a reconocer cómo ha estado presente y ha actuado, y a mostrarle tu agradecimiento:

Oración para rezar a final de curso

Siempre agradecer

Parar y mirar atrás es una necesidad. Las prisas y las urgencias del día a día pueden llevarnos a dejar de percibir el Amor de Dios que se esconde en cada detalle de nuestra vida.

La pandemia ha seguido marcando este curso, pero en muchos lugares se han podido hacer clases presenciales y retomar muchas actividades.

Aunque en algunos países la situación sigue siendo crítica, globalmente las vacunas han evitado muchísimas muertes y han permitido que muchas personas contagiadas de Covid hayan pasado la enfermedad sin complicaciones.

Y cada uno conoce exactamente las gracias recibidas este curso. ¿Qué personas te hicieron sonreír y recuperar la esperanza? ¿Quién te ayudó a superarte o simplemente a mantenerte y no desmoronarte o tirar la toalla?

¿Por qué das gracias tú?

Oración

Padre del cielo,
que nos acompañas cada día igual que el primero, ¡ya se acaba el curso!
Un curso distinto, en el que a los esfuerzos de siempre
hemos añadido otros nuevos para frenar los contagios:
mascarillas, geles, pantallas, confinamientos, distancias,…

Lo que hemos aprendido, nuestro trabajo, nuestro cansancio,
nuestras dudas, fracasos y éxitos…
¡Te lo regalamos de todo corazón!

Gracias por todo lo que hemos descubierto y por cómo hemos crecido en estos meses…

Te pedimos por cada uno de los profesores que nos han enseñado, por los nuevos amigos que hemos hecho, por los compañeros,… bendícelos a todos.

Que acertemos en nuestras decisiones
y el mundo pueda beneficiarse de esta educación individualizada y paciente.

Finalmente, que en las vacaciones que pronto empezarán podamos descansar
y seguir aprendiendo de otra manera,
siempre bajo tu mirada y contigo, el totalmente fiel Compañero, Maestro y Padre.
Amén.

 

jueves, 3 de junio de 2021

Respuesta de la Dirección General de Recursos Humanos

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                                                              Madrid, a 3 de junio de 2021

 

¿QUIÉN MIENTE A LOS PROFESORES DE RELIGIÓN?

 

          Después de distintas peticiones de información a la Dirección General de Recursos Humanos (DGRRHH), sobre la convocatoria de una actualización de méritos para una EVENTUAL convocatoria de adjudicación de puestos de trabajo provisionales, hemos obtenido una respuesta que no tiene desperdicio.

 

          La DGRRHH nos dice textualmente: «Se facilita la información de la que esta Dirección General dispone en relación con la solicitud referenciada al inicio de la presente resolución, y que se concreta en el Acta de la reunión telemática mantenida el día 11 de mayo de 2021, entre la Administración y los representantes del Comité de Empresa de Profesores de Religión de centros públicos docentes no universitarios de la Consejería de Educación y Juventud de la Comunidad de Madrid (...).» Pese a que dice que se concreta en el Acta de la reunión telemática…, no aporta el citado Acta.

 

          Pero, ¿quién del Comité de Empresa se reunió con la DGRRHH el 11 de mayo de 2021 y con qué fin? ¿Fueron el presidente y el secretario (lo han hecho más veces) que son miembros de ANPE?

 

          Más adelante, en el mismo escrito, se nos dice que: «(...) medida que, aparte de recaer en las facultades organizativas de la administración, ha sido consensuada en el seno del Comité de Empresa, órgano de representación de los trabajadores.»

 

          Alguien nos ha mentido gravemente, pues se nos ha ocultado esa reunión (desconocemos que haya tenido lugar), o que el Pleno del Comité de Empresa haya avalado esa decisión, es decir, la de convocar una actualización de méritos para una EVENTUAL convocatoria de adjudicación de puestos de trabajo provisionales, y no convocar el concurso de adjudicación de vacantes definitivas anual.

 

          El correo electrónico en el que nos comunicó la Administración esa pretensión es de 14 de mayo de 2021; el Pleno del Comité se convocó para el 19 de mayo de 2021, y aunque no hubo una decisión unánime, tampoco se consensuó absolutamente nada. De nuevo, ¿quién está mintiendo? ¿El presidente del Comité de Empresa traslada a la Administración su parecer personal como acuerdos del Pleno? ¿Miente la DGRRHH para salir al paso? ¿Cómo es posible permitir que la Administración utilice al Comité de Empresa para sus fines? ¿Quién se lo permite y qué gana con ello?

 

          Hemos pedido que el presidente del Comité de Empresa dé explicaciones y no esconderse como suele ser habitual. Debe explicar y asumir si ha sido él quien traslada a la Administración sus pareceres personales o señalar y dejar bien claro que quien miente es la DGRRHH.

 

                                                                   USIT-EP

Ignacio de Loyola - Hallar a Dios en todas las cosas

lunes, 17 de mayo de 2021

Borrador de adjudicación de vacantes ¡SOLO PROVISIONALES!

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 Madrid, a 14 de mayo de 2021

 

Estimadas/os compañeras/os:

 

          La Dirección General de Recursos Humanos nos ha remitido un BORRADOR para la valoración de los méritos, pero que solo valdrán para la adjudicación de vacantes provisionales porque este año no habrá adjudicación de vacantes definitivas. El texto del correo electrónico enviado dice:

          «La actual situación epidemiológica continúa resultando preocupante     y, aunque el proceso de vacunación de la población sigue su evolución, la falta de certeza de cómo se iniciará el próximo curso en lo que se refiere a las medidas que puedan afectar a los grupos de religión nos ha llevado a no sacar este año concurso para la  adjudicación de puestos con carácter definitivo. Ante la posibilidad de llevar a cabo una adjudicación de puestos con carácter provisional se va a publicar una resolución para la actualización de los méritos.»

 

          Aunque es un BORRADOR, en el mismo se dice que «(...) podrá participar el personal laboral que imparte la enseñanza de religión con contrato por tiempo indefinido en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid y no tenga destino definitivo con el 100% de jornada.»

 

          Esta «ocurrencia» de la Dirección General de Recursos Humanos es, permitidnos la expresión, alucinante, grotesca, arbitraria... Suponemos (aunque no lo sabemos) que trocearán las jornadas para que todos los docentes puedan tener algo.

 

          Empezaremos a estudiarlo de inmediato, pero también esperamos vuestras opiniones y posibles acciones que creáis oportuno que podamos tomar. Aunque no estéis involucrados este año, esto nos interesa a todos, ¡Participad!

 

          Un cordial saludo,

                                                              USIT-EP

viernes, 7 de mayo de 2021

Contestación del Ministerio de Educación


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                               Madrid, a 6 de mayo de 2021

 

 

Estimadas/os compañeras/os:

 

         Con el compromiso asumido por USIT-EP en el control y seguimiento de la asignatura de Religión en los centros públicos, nos dirigimos por escrito al Ministerio de Educación el 19 de abril de 2021; en ese escrito solicitábamos información pormenorizada sobre la situación de la enseñanza confesional y no confesional de las religiones. El citado Ministerio ha respondido que, a tenor de lo contenido en la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y «En el marco de la regulación de las enseñanzas de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria, se podrá establecer la enseñanza no confesional de cultura de las religiones. A la luz de lo expuesto, se está a la espera de que se tome una decisión definitiva que regule las enseñanzas de la Religión, su carga horaria, su cómputo a efectos de nota media y la alternativa ofertada para alumnado que decidiera no cursarla. En todo caso, antes de su publicación, el proyecto de real decreto será sometido a trámite de audiencia e información pública para recabar la opinión de la ciudadanía al respecto

 

          Como dijimos en su momento, no era necesario ni prudente marcar nuestras reivindicaciones en los reales decretos de enseñanzas mínimas que publicitó el MEFP, por no ser los que se referían a la materia de Religión. Seguiremos atentos a la publicación del Real Decreto.

 

          Un cordial saludo,

                                                              USIT-EP






martes, 20 de abril de 2021

Reales decretos de enseñanzas mínimas y Religión


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Madrid, a 19 de abril de 2021

 

Estimadas/os compañeras/os:

 

         El Ministerio de Educación y Formación Profesional ha publicado en su web una consulta previa y de audiencia e información pública en el proceso de elaboración de los proyectos de real decreto por los que se establecen los aspectos básicos del currículo, que constituyen las enseñanzas mínimas de la educación infantil, educación primaria, educación secundaria y bachillerato.

 

Hemos podido comprobar que los citados proyectos no hacen mención alguna a las enseñanzas de la Religión, por lo que desconocemos cuál será su regulación normativa teniendo en cuenta la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre.

 

Por ello les hemos solicitado, por registro electrónico, que nos informen de la situación de la enseñanza confesional y no confesional de las religiones, cualesquiera que sean las circunstancias normativas y, en particular, las referidas a la carga horaria, al cómputo de la nota media en los procesos de acceso a la universidad o de obtención de becas y a su alternativa o asignatura espejo.

 

Un cordial saludo,

 

USIT-EP