martes, 20 de abril de 2021

Reales decretos de enseñanzas mínimas y Religión


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Unión Sindical Independiente de Trabajadores

Empleados Públicos

C/ Bravo Murillo 39 (E), Escalera 50

Local sindical - 28015 Madrid

http://usitep.es • usitep@usitep.es

  Teléfono 91 594 55 60 - Fax 91 593 80 77

                               

Madrid, a 19 de abril de 2021

 

Estimadas/os compañeras/os:

 

         El Ministerio de Educación y Formación Profesional ha publicado en su web una consulta previa y de audiencia e información pública en el proceso de elaboración de los proyectos de real decreto por los que se establecen los aspectos básicos del currículo, que constituyen las enseñanzas mínimas de la educación infantil, educación primaria, educación secundaria y bachillerato.

 

Hemos podido comprobar que los citados proyectos no hacen mención alguna a las enseñanzas de la Religión, por lo que desconocemos cuál será su regulación normativa teniendo en cuenta la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre.

 

Por ello les hemos solicitado, por registro electrónico, que nos informen de la situación de la enseñanza confesional y no confesional de las religiones, cualesquiera que sean las circunstancias normativas y, en particular, las referidas a la carga horaria, al cómputo de la nota media en los procesos de acceso a la universidad o de obtención de becas y a su alternativa o asignatura espejo.

 

Un cordial saludo,

 

USIT-EP



martes, 6 de abril de 2021

USIT-EP: informaciones de interés

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Unión Sindical Independiente de Trabajadores

Empleados Públicos

C/ Bravo Murillo 39 (E), Escalera 50

Local sindical - 28015 Madrid

http://usitep.esusitep@usitep.es

Teléfono 91 594 55 60 - Fax 91 593 80 77

 

 

 

  1. COMUNICADO SOBRE CONTRATACIONES COVID DEL PRESIDENTE DEL COMITÉ DE EMPRESA

 

          Hace solo unos días se ha recibido en los centros educativos un comunicado del presidente del Comité de Empresa —muy personalista—, a cuyo envío USIT-EP se opuso por las razones que a continuación referimos:

 

          En él se dice que «la Presidencia y la Secretaría del Comité transmitieron la preocupación de todo el colectivo a la Administración», pero se omite que a esa reunión  se impidió la asistencia de los representantes del resto de sindicatos con representación en el Comité. Omisión grave e interesada.

 

          También dicen que en esa reunión se «plantearon posibles soluciones para que estas contrataciones COVID, de carácter indefinido, tuvieran el menor impacto sobre las jornadas de todo el colectivo, ya que son plazas que podrían desaparecer después de la pandemia.» Lo cierto es que antes o después mienten, porque a nosotros nos dijeron que la DGRRHH les había comunicado que despedirían a los que no fuesen necesarios…, y que ellos «tomaron nota», es decir, que se quedaron callados ¡Menuda defensa!

 

          A su vez, en el escrito «venden» que solicitaron realizar «la contratación más adecuada y ajustada a derecho para las necesidades que surjan para nuevas plazas COVID», y «no reducir la jornada de ningún profesor de Religión.» Petición hecha con la boca pequeña y sin argumentos jurídico-sindicales que defendieran una contratación más adecuada y ajustada a derecho en beneficio del profesorado, porque si dejas al lobo cuidar de las gallinas...

 

          En consecuencia no tienen nada de qué presumir:

 

-      La presidencia y la secretaría, haciendo gala de una irresponsabilidad de graves consecuencias para el conjunto del colectivo, han venido dando por buenos y visado en todas las DAT los nuevos contratos indefinidos, que ahora les parecen excesivos y critican;

-      Se reunieron ellos dos solos (presidente y secretario) con RRHH haciendo caso omiso al escrito del Comité;

-      No han dicho qué propuestas han llevado (llegaron a proponer hacer de la Religión una asignatura de libre configuración autonómica).

 

          Todo lo anterior, sin ser exhaustivos en los errores y sinquehaceres que se  pueden imputar a esta presidencia y secretaría del Comité de Empresa, es un intento descarado de lavarse la cara y no asumir responsabilidades.

 

 

  1. SOLICITUD DE REUNIÓN ANTE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN

 

          Por otro lado también comunican que, junto a otros dos sindicatos, han presentado una solicitud ante el MEFP. En ese escrito reconocen que las negociaciones de las condiciones laborales han de realizarse con el empleador directo, esto es, CC.AA. (el personal no transferido con el MEFP). Dicen que quieren la reunión para abordar la elaboración de los Reales Decretos de desarrollo de la LOMLOE. A continuación, sin saber por qué, pues mezclan normativas y contenidos distintos, dicen que dichos aspectos «podrían referirse esencialmente a algunos de los Artículos del Real Decreto 696/2007, en concreto a los artículos 4.2; 5.1 y 6; y en concreto lo referido a la estabilidad de la carga de trabajo y los criterios objetivos de mérito y capacidad de acceso al puesto y a la plaza de destino.»  No parece que la técnica del batiburrillo sea la mejor, pues no se puede pretender negociar los reales decretos de desarrollo de la LOMLOE y hacer referencia a otro real decreto muy distinto.

 

          Pero lo más curioso es la pretensión que señalan en el escrito: «criterios objetivos de mérito y capacidad de acceso al puesto y a la plaza de destino». Esto supone no solo listados objetivos para el concurso de traslados de profesores de Religión, sino que el «acceso al puesto» por mérito y capacidad significa un procedimiento reglado y objetivo realizado por la Administración entre los propuestos por la autoridad religiosa: lo más parecido a un concurso-oposición. Es chocante la petición de estas organizaciones sindicales, cuando siempre han estado en contra. Nos alegramos de su cambio de actitud, pero recordemos que este escrito del que hablan está registrado el 24 de marzo de 2021.

 

          Lo anterior viene a colación de que en noviembre de 2020, desde USIT-EP nos dirigimos por escrito a los Grupos Parlamentarios del Senado, en el que solicitábamos una enmienda a la disposición adicional tercera de la LOMLOCE, y la misma fue aceptada y presentada por un senador del PP: 

 

«2. Los profesores que, no perteneciendo a los cuerpos de funcionarios docentes, impartan la enseñanza de las religiones en los centros públicos lo harán en régimen de contratación laboral, de conformidad con el Estatuto de los Trabajadores, con las respectivas Administraciones competentes. La regulación de su régimen laboral se hará con la participación de los representantes del profesorado. Se accederá a la plaza y al destino mediante criterios objetivos de igualdad, mérito y capacidad. Estos profesores percibirán las retribuciones que correspondan en el respectivo nivel educativo a los funcionarios de carrera

   

          Esa enmienda propuesta por USIT-EP fue publicada en el Boletín Oficial de las Cortes Generales. Senado. XIV Legislatura, número 124, en fecha 17 de diciembre de 2020, y ahora aparece, tres meses después, en el escrito de estos sindicatos. ¿Casualidad o causalidad?

 

Un cordial saludo, a 5 de abril de 2021, en la festividad de san Vicente Ferrer. Seguid cuidándoos.

                                    

                                                 USIT-EP







jueves, 1 de abril de 2021

Vox presenta un recurso de inconstitucionalidad contra la ley Celaá

La formación política quiere que el Tribunal Constitucional analice los artículos referidos a la concertada, la educación religiosa, la educación diferenciada y los centros de educación especial

El Grupo Parlamentario Vox ha presentado este jueves un recurso de inconstitucionalidad contra la LOMLOE, conocida como ley Celaá, aprobada el pasado 23 de diciembre de 2020. El texto está suscrito por medio centenar de parlamentarios, informa Europa Press.

Según la formación que lidera Santiago Abascal, el recurso se ha presentado contra «la parte más sectaria de la ley», aquella que guarda relación, según este partido, con la enseñanza concertada, la educación religiosa, la educación diferenciada y los centros de educación especial, así como contra el carácter excluyente del castellano como lengua vehicular en la enseñanza.

En concreto, con respecto a la concertada, Vox ha presentado este recurso de inconstitucionalidad contra el artículo 109 de la LOMLOE, ya que en sus apartados uno y tres se refiere solo a la dotación de plazas suficientes para la escuela pública, y porque en su apartado cinco se suprime el criterio de la demanda social en la programación de plazas financiadas con dinero público y establece el «incremento progresivo de puestos escolares en la red de centros de titularidad pública».

En lo que se refiere a la educación especial, consideran inconstitucional el artículo 74.2 por recoger que las Administraciones educativas regularán los procedimientos que permitan resolver las discrepancias que puedan surgir, siempre teniendo en cuenta el interés superior del menor y «la voluntad de las familias que muestren su preferencia por el régimen más inclusivo». Igual que el 87.2, que dice que las Administraciones garantizarán una adecuada y equilibrada escolarización del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo y dispondrán las medidas necesarias «para evitar la segregación del alumnado».

También denuncian la Disposición Adicional Cuarta de la LOMLOE, que establece que el Gobierno desarrollará un plan para que, en el plazo de diez años, los centros ordinarios cuenten con los recursos necesarios para poder atender en las mejores condiciones al alumnado con discapacidad, un texto que abre la puerta al vaciamiento progresivo de los centros de educación especial y, por consiguiente, su cierre.

Asimismo, considera inconstitucional que se suprima, en los artículos 18, 24, 25 y 34 la asignatura de Religión en la Educación Primaria, en la ESO y en primero y segundo de Bachillerato, así como los artículos 18.3, 19.2, 22.3, 24.5, 25.6, 25.7, 33.c, 35.1 y la Disposición Adicional Segunda porque «impone como principios de todo el sistema educativo la ideología de género y la educación afectivo-sexual».

Del mismo modo, ve fuera de la Constitución la supresión del castellano como lengua vehicular en la enseñanza en la Disposición Adicional Trigésimo Octava, y por otro lado, hasta una veintena de artículos del redactado de la LOMLOE en los que se refleja la responsabilidad que tienen las Administraciones educativas en determinados asuntos.

Tramitación en Estado de alarma

Vox critica que durante la tramitación de la ley «no solo han dejado de oírse en ambas cámaras legislativas a los colectivos afectados», sino que «ni siquiera se ha solicitado informe a los principales órganos consultivos del Estado, como el Consejo de Estado o el Consejo Escolar».

Y denuncia que se tramitara durante el Estado de alarma: «En toda nuestra historia democrática, no existe precedente de estar toda la nación en Estado de alarma, con la restricción de derechos que ello conlleva, y tramitarse hasta su publicación, una norma de contenido tan trascendental para los derechos fundamentales de los españoles».