viernes, 24 de noviembre de 2023

ALGUNOS DE LOS LOGROS DE USIT-EP PARA EL PROFESORADO DE RELIGIÓN: DATO MATA RELATO

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Unión Sindical Independiente de Trabajadores
Empleados Públicos

C/ Bravo Murillo 39, Escalera 50 (E)
Local sindical - 28015 Madrid
Teléfono 91 594 55 60 - Fax 91 593 80 77

 

ALGUNOS DE LOS LOGROS DE USIT-EP PARA EL PROFESORADO DE RELIGIÓN: DATO MATA RELATO

 

Noviembre de 2023


Estimadas/os compañeras/os:

Mientras algunos «reivindican», hacen promesas que reiteradamente incumplen, y escriben deseos sin sustento alguno, desde USIT-EP señalamos nuestras CONQUISTAS en la mejora de las condiciones laborales y económicas del conjunto del profesorado de Religión, porque HECHOS son amores y no buenas razones...

Ejemplo de algunos de estos logros reflejados en nuestras nóminas cada mes.

En 2002 interpusimos una denuncia ante la Comisión Europea porque entendíamos ilegales los contratos anuales y de duración determinada del profesorado de Religión a tenor de las normas europeas, consiguiendo el contrato indefinido por imposición de la misma Comisión en 2006, con efectividad desde 2007. A partir de ahí se abrieron nuevas puertas, como las resoluciones para la provisión de puestos de una manera más transparente y sujeta a los criterios de igualdad, mérito y capacidad (aunque aún bastante mejorable), si bien, anteriormente logramos importantes metas que parecen olvidadas, pero que en otras CCAA son causa de muchos problemas.

Reconocimiento de la experiencia docente (marzo 2003). Hay quien lo sigue poniendo en sus «promesas electorales».

Retribución por tramos y no por horas (como sí se hace en varias CCAA). Lo estudiamos, lo solicitamos y lo conseguimos (Curso 2002-03)

Batallamos en los despachos y al final tuvimos que acudir a los tribunales en el reconocimiento y noirmalización de importantes asuntos referidos al profesorado de Religión:

Trienios (junio de 2012)

Tutorías (junio de 2013)

Sexenios (julio de 2014)

Permisos y licencias lo que pudo ser para el profesorado de Religión (5 días por asuntos particulares y 4 adicionales de vacaciones) y no fue...

Incremento de la cuantía de los sexenios: Los firmantes en la Mesa Sectorial nos excluyeron al excluir a los interinos. La Comunidad no quiso pagarlo nunca (si no, lo hubiera hecho en cualquier momento y no hubiera recurrido la sentencia del TSJ Madrid que nos fue favorable) ni quiso negociarlo (estábamos excluidos por no ser funcionarios de carrera). Por lo que tuvimos que interponer un conflicto colectivo que, afortunadamente, se ganó. Sólo después de (y motivado por) esta sentencia es cuando la Comunidad empezó a pagarlo.

Hemos salido en defensa de la asignatura de Religión en reiteradas ocasiones y en distintos medios; unaotra y otra ...

Además, llevamos 20 años ininterrumpidos ofreciendo cursos de formación también a través de nuestra plataforma en línea. Mantenemos una página WEB actualizada  centrada en el profesorado de Religión, e informamos de cuantos asuntos consideramos de interés a través de correos-e y comunicados. Editamos la revista ZONA SINDICAL y publicado más de un centenar de artículos en el blog de Religión Digital SPECULUM. Mantenemos una página de FACEBOOK y ofrecemos vídeos de interés para el colectivo a través de YOUTUBE.

Recientemente hemos protestado por la exclusión del profesorado de Religión en la Resolución referente a la Capacitación Digital Docente, habiendo recibido una respuesta satisfactoria.

En estos días de mercadeo, queremos recordar que un sindicato no es una asociación de amigos, no es una agencia de viajes, no es una empresa de ocio ni de servicios. 

Un sindicato: «Es una organización de trabajadores que se desarrolla para defender los intereses económicos, profesionales y sociales vinculados a las tareas que llevan a cabo quienes la componen.»

No te dejes llevar por FILIAS o FOBIAS. No te dejes llevar por comentarios malintencionados. Comprueba los DATOS  y rechaza el RELATO.

 

 

SEGUIMOS SIENDO IMPRESCINDIBLES  LEMA-23

 

USIT-EP


miércoles, 22 de noviembre de 2023

Competencia digital del profesorado de Religión en la Comunidad de Madrid.

 

Unión Sindical Independiente de Trabajadores - Empleados Públicos

Calle Bravo Murillo, 39 (E), escalera 50

Local sindical - 28015 Madrid

 http://usitep.es • usitep@usitep.es

                  Teléfono 91 594 55 60

 

 

Madrid, a 22 de noviembre de 2023

 

Estimadas/os compañeras/os:

 

          Recientemente comunicábamos a la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza nuestra preocupación porque en la Resolución de 25 de octubre de 2023, por la que se convocan procedimientos para la obtención de la acreditación de competencia digital docente en la Comunidad de Madrid, no se mencionaba al profesorado de Religión, y esto es lo que nos contesta, en el día de ayer, la citada Dirección General:

 

«En respuesta a su solicitud de fecha 07/11/2023 y número de referencia 59/646069.9/23 se informa que la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza ha publicado la Corrección por error material de la Resolución de 25 de octubre de 2023, de la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, por la que se convocan procedimientos para la obtención de la acreditación de competencia digital docente en la Comunidad de Madrid durante el curso escolar 2023-2024, en la siguiente dirección web: 

https://innovacionyformacion.educa.madrid.org/competencia-digital»

 

          Ello significa que, con la corrección por error material de la Resolución, los profesores de Religión están incluidos y podrán acreditar su nivel de competencia digital docente, siempre que lo deseen, al igual que en el pasado curso escolar 2022/2023.

 

          De nuevo hemos conseguido un reconocimiento para el colectivo y nos felicitamos por ello, con la intención de seguir trabajando por el conjunto de los docentes de Religión.

 

          Un saludo,

 

USIT-EP


lunes, 7 de agosto de 2023

El cómic mentiroso: los cristianos no quemaron biblioteca en Alejandría

(Fuente: Gaudium Press)

 La leyenda negra contra la Iglesia o los católicos, que llega hasta los cómics…

Cuenta Pablo J. Ginés en Religión En Libertad que desde mayo de 2018 empezó a venderse en España el cómic Hipatia, la verdad en las matemáticas, dirigido a los jóvenes. El argumento del cómic cuenta la historia de la matemática y filósofa neoplatónica Hipatia de Alejandría y trata también del contexto de esa ciudad en su época, que era junto a Roma de las más importantes del orbe. El cómic dice contar con la asesoría de una doctora en historia de la ciencia.

En las primeras páginas la historieta explica la historia de la destrucción del Serapeum de esa ciudad en el año 391 a manos de ‘fanáticos cristianos’. Serapeum o Serapeo era un santuario donde se cultuaba a Serapis, una especie de versión egipcia de Zeus, pero al que se le sumaban características de otros dioses egipcios. Este santuario fue fundado por el faraón Ptolomeo I Sóter en el año 300 a. C., en pleno crecimiento de imperio egipcio de corte macedónico.

El complejo era gigantesco, de tal manera que constituía una verdadera acrópolis (ciudadela), y algunos aseguran que con biblioteca incluida.

Entre tanto, lo que verdaderamente ocurrió fue algo bien distinto. Paganos habían atacado a cristianos, según relata Sozomeno en su Historia Eclesiástica, escrita no mucho después de los hechos:

Los cristianos habían encontrado en las dependencias subterráneas de una iglesia, unos objetos de culto paganos. Cogieron esos objetos, los sacaron a la luz, y se burlaban de ellos, y de lo ridículo de cultuar esos miserables objetos. Pero eso disgustó a los paganos.

Entonces “los paganos, asombrados de que se hiciera tan exposición inesperada, no pudieron soportarla en silencio, sino que conspiraron para atacar a los cristianos. Mataron a muchos de los cristianos, hirieron a otros y tomaron el Serapeum, un templo famoso por su belleza y gran tamaño, en una elevación. Lo convirtieron en una ciudadela temporalmente. Allí mantuvieron presos a muchos cristianos, los torturaron y les obligaban a ofrecer sacrificios. Los que rechazaban hacerlo eran crucificados, les rompían ambas piernas o les mataban de alguna forma cruel”.

Paganos que se vanagloriaban de torturas y matar cristianos

Refutando a una autora anticristiana, Catherine Nixey, escribe Tim O’Neill en su blog Historia para Ateos:

“Nixey no menciona que la gente que lideraba a esta banda asesina no eran simplemente ‘fieles ofendidos’ sino prominentes filósofos neoplatónicos. Su líder era Olimpio, un neoplatonista de la desafiante escuela pagana de Yámblico, y le apoyaban otros filósofos líderes de esta escuela, incluyendo a Heladio y Amonio. El historiador cristiano Sócrates Escolástico, que estudió más adelante con estos dos últimos en Atenas, explica que a menudo ellos se jactaban de su papel en los asesinatos y torturas del Serapeum, con Heladio asegurando que él personalmente mató a 9 cristianos. Entre las víctimas cuyos cuerpos se encontraron luego en el templo estaba el estimado retórico y estudioso cristiano Gesio, que fue -según un poema burlesco posterior de Palladas- torturado sin comer, crucificado, posiblemente le rompieron las rodillas y luego arrojado a un foso. Es curioso que Nixey no mencione nada de esta violencia y de quién la perpetró”.

En ese momento, ya estaba prohibido el culto pagano en templos, con sacrificios, aunque en ciertos lugares esas normas no se aplicaban a rajatabla.

Pero dado que el sitio se había transformado también en lugar de torturas a cristianos, fue cercado por las tropas del gobernador. Sin embargo no se cometió ninguna masacre: los paganos sublevados pudieron salir, protegidos.

Lo que sí pasó es que el pueblo cristiano entró en el sitio, recordemos, donde los cristianos habían sido torturados, y destruyó el Serapeum.

– Pero entonces sí se quemaron los libros…

– No. Ningún autor contemporáneo habla de destrucción de libros ni de biblioteca. Ni los cristianos Sofronio, ni Rufino Tiranio, ni el pagano Eunapio de Antioquía. Este último tampoco menciona ningún derramamiento de sangre.

Solo un autor, cristiano, Orosio, amigo de San Agustín, dice que en los templos, no en la supuesta biblioteca, habían cofres de libros, y que “me dicen que cuando estos templos fueron saqueados nuestros hombres se los llevaron”. Nada de quemas, nada de autos de fe de libros, nada de biblioteca destruida por fanáticos cristianos.

“Así, la quema de libros y bibliotecas que sale en la película «Ágora» de Amenábar, la quema de biblioteca a la que alude Carl Sagan en la serie de TV «Cosmos», la escena de este cómic infantil sobre Hipatia lamentando la quema de libros… no tiene base histórica”, dice Pablo Ginés.

“Cuando los cristianos destruyen el Serapeum -escenario de torturas y rituales sangrientos- no hay pruebas de que queden libros. En la época de Hipatia, no hay pruebas de ninguna biblioteca”, concluye.

martes, 28 de marzo de 2023

El pensamiento woke: fuera de la escuela.

 El pensamiento totalitario se vea a sí mismo como crítico y autónomo

Una vez más la asignatura de Religión se convierte en el campo de batalla del pensamiento «progre» y woke, en el que la libertad religiosa y de expresión está vetada para el pensamiento único y totalitario. Se confunde, con toda intencionalidad, la educación laica, como nuestra educación pública, con el derecho  que tienen los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones. No se puede criticar el pensamiento «progre», pero sí a una asignatura que es de libre elección y que parte de convicciones legítimas, por muy criticables que puedan ser.

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El veinticinco de marzo de dos mil veintitrés se ha publicado un artículo en El País con el título «Religión fuera de la escuela: respetar la libertad de conciencia de los menores».

El artículo me parece de sesgo totalitario y de ideología «progre», pese a que el autor parece disculparse al autodenominarse «católico practicante», ardid que se utiliza para legitimar lo que luego escribe. A lo largo de su exposición utiliza los términos fascistas o neofascistas con la alegría de la ignorancia o, simplemente, como insulto a quienes no están de acuerdo con sus trasnochadas «ideas», aunque presentes en nuestra sociedad woke, que ha resurgido en la última década con el movimiento Black Lives Matter. Hoy se utiliza para personas que se molestan con demasiada facilidad por ciertos temas que consideran tabú (sagrados), o hablan demasiado sobre ellos de una manera que no cambia nada. El fascismo, término insultante y recurrente entre totalitarios, según León Trotski es: «El movimiento fascista italiano fue un movimiento espontáneo de grandes masas, con nuevos dirigentes surgidos de la base. Es de origen plebeyo y está dirigido y financiado por las grandes potencias capitalistas. Se formó en la pequeña burguesía, en el lumpenproletariado y hasta cierto punto también en las masas proletarias; Mussolini, un ex-socialista, es un self-made man producto de este movimiento.»

Me parece que en esta cuestión, no sé en otras, sus conocimientos son débiles y sólo emite ideas panfletarias de escaso valor. Confunde «exigencia» con «acuerdo», en referencia al firmado entre el Estado español y la Santa Sede en materia de Enseñanza y Asuntos Culturales y, además, no distingue entre Vaticano y Santa Sede, siendo ésta última la que firma el Acuerdo internacional que llama posfranquista. Por cierto, la Constitución española también es posfranquista.

Religión también en la escuela1

También se saca de la chistera que «Un país extranjero (quien lo reconozca como tal) impone a nuestro Estado cómo y con qué contenidos educar a la población.» Pero sabiendo como sabe que la educación en España no está basada en contenidos religiosos (excepto su propia asignatura), es bastante ridículo su señalamiento. Luego llama privilegio a la libertad religiosa, propio de totalitarios de pensamiento único: «la jerarquía católica española no solo tiene el privilegio de sus púlpitos y sus parroquias para expandir su doctrina...» Tampoco parece haber leído la Constitución española, al menos su artículo 16.3: «Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.» España no es un país laico, por lo que la aconfesionalidad del Estado (laicidad positiva), conlleva la cooperación con las distintas religiones o confesiones. Llama al citado Acuerdo internacional anticonstitucional, sin que tenga en cuenta, por ignorancia, o simplemente porque yo lo valgo, que ha sido rechazada su anticonstitucionalidad o inconstitucionalidad en la STC 38/2007, de 15 de febrero de 2007.

Más adelante falta a la verdad (edulcoramos que miente) cuando dice que la Declaración de los Derechos del Niño y de la Niña de 1959 y la Convención de 1989, rechazan el adoctrinamiento y el proselitismo religioso. La Declaración lo máximo que expone en su principio 10, es que el niño debe estar protegido contra las prácticas que puedan fomentar la discriminación racial, religiosa o de cualquier otra índole. La Convención, por su parte, en su artículo 14 dice que los Estados respetarán el derecho del niño a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión y, a su vez señala, que deben respetarse los derechos y deberes de los padres y, en su caso, de los representantes legales, de guiar al niño en el ejercicio de su derecho de modo conforme a la evolución de sus facultades.

Pese a su especialidad universitaria también dice que «al separar a las niñas y a los niños que comparten toda la jornada escolar y sacar de su clase a quienes no reciben religión, se dificulta su convivencia, entendimiento y cohesión social», sin reparar que existen toda un serie de asignaturas opcionales que fomentan la libertad de elección del alumno sin que las preferencias sean monolíticas y, claro está, si no están todos juntos a todas horas también se dificultaría la convivencia, entendimiento y la cohesión social, como si éstas fueran impedidas por una asignatura de uno o dos periodos lectivos semanales, según CCAA.

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La propuesta «creativa» de una asignatura de ateísmo científico o de agnosticismo es una nueva «boutade» de las muchas que rezuma el texto. Más pensamiento woke. Más tarde confunde asignatura de Religión con catequesis, como si las clases de música fueran los conciertos de rock o las de educación física fueran las prácticas en un gimnasio, por no citar al latín, lengua muerta a impartir en los cementerios. No considera la racionalidad y los elementos científicos de la asignatura (filosofía, antropología, literatura, historia, etc.). Luego pasa a intentar propugnar que «Enseñar dogmas religiosos no solo va en contra del pensamiento crítico y de la autonomía personal...»; es gracioso que el pensamiento totalitario se vea a sí mismo como crítico y autónomo. Continúa su diatriba con «No tenemos más que mirar los libros de texto aprobados en esa asignatura para cuestionarnos la constitucionalidad de algunas de sus enseñanzas. No aceptan la realidad de los nuevos modelos familiares y se empecinan en su retrógrada concepción de la sexualidad humana, negando la diversidad sexual reconocida ya por la legislación, o el derecho al propio cuerpo, a la libertad sexual y a la anticoncepción.» Muy a su pesar, a eso se llama libertad religiosa y de expresión que, como es evidente, no ha servido para limitar al legislador.

Para sustentar su visión trae en dos ocasiones al teólogo Juan José Tamayo, figura que en otro momento se podría discutir, porque su argumentación es definitivamente débil. Una vez más demuestra su ignorancia cuando dice «que esas clases de religión están a cargo de una legión de catequistas. Han sido nombrados “a dedo” por la jerarquía eclesiástica segúnsu fidelidad a la doctrina, pero con el mismo sueldo financiado públicamente (680 millones de euros al año) que un profesor o profesora que ha debido cursar una carrera y aprobar una prueba selectiva basada en los principios de igualdad, mérito y capacidad.» Su ignorancia o mala fe es supina, porque los docentes de Religión no son nombrados por los obispos, sino que son propuestos por los mismos, el nombramiento lo realiza la Administración y los principios de igualdad, mérito y capacidad están asegurados (STC 38/2007, de 15 de febrero de 2007, FJ 9). Seguro que a la mayoría de docentes de Religión les gustaría hacer una oposición, pero se les impide desde la Iglesia y desde las Administraciones públicas, también las «progres». Parece indicar que los docentes de Religión no tienen una carrera, que no solo es falso como bien sabe, sino que hay que ilustrase un poco más, aparte que todos sabemos cómo funciona la igualdad, mérito y capacidad en nuestras universidades.

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Otra vez confunde la educación laica, como es la de nuestra educación pública, con el derecho  que tienen los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones (ex artículo 27.3 CE) y de todos los Convenios internacionales en materia educativa. La presencia en el currículo está avalada por la Constitución y el Acuerdo internacional. No se puede criticar el pensamiento «progre», pero sí a una asignatura que es de libre elección y que parte de convicciones legítimas, por muy criticables que puedan ser.

Subraya que «Además, no se limitan a impartir catecismo a los escolares que asisten a religión, sino que suelen hacer proselitismo católico en ocasiones muy integrista», pero ¿qué es su artículo sino proselitismo integrista revestido de pedagogía totalitaria?

Es interesante cuando dice que «Además, la religión ya se explica e imparte en la mayor parte de las materias que se estudian a lo largo de la escolaridad (la católica en España y Latinoamérica, la judía en su zona de influencia, igual que la musulmana o la budista). En el currículum español, por ejemplo, se referencia y se explica la religión católica para analizar el estilo arquitectónico de un templo, para explicar el Camino de Santiago medieval o un cuadro de Velázquez o una partitura de Bach, para adentrarse en la literatura del siglo de oro o el origen de la lengua castellana y, sobre todo, para comprender la mayor parte de la historia de este país.» Pero esas explicaciones no se hacen desde la centralidad de su motivación, de su germen, desde la semilla de las que han surgido esas maravillas literarias, arquitectónicas o plásticas.

Para acabar, pues no puedo detenerme en más cuestiones que también tienen su enjundia, el articulista que parece ser profesor en la Facultad de Educación de León, termina con «Religión fuera de la escuela»; yo preferiría una asignatura de Fenomenología o Historia de las Religiones no confesional, pero desde luego antes que quitar la Religión confesional quitaría a todos los pedagogos que han llevado la educación pública a la ruina. En definitiva, un artículo plagado de lugares comunes del pensamiento progre, sin llegar al mínimo razonable.


lunes, 16 de enero de 2023

 

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Unión Sindical Independiente de Trabajadores

Empleados Públicos

Calle Bravo Murillo 39, Escalera 50 (E )

Local sindical - 28015 Madrid

  http://usitep.es • usitep@usitep.es

Teléfono 91 594 55 60 

 

                      Madrid, a 13 de enero de 2023                                                                      


Estimadas/os compañeras/os:

 


Desde Unión Sindical Independiente de Trabajadores – Empleados Públicos (USIT-EP) hemos formalizado, con fecha 3 de enero de 2023, la demanda contenciosa-administrativa contra los apartados 3 y 4 de la disposición adicional primera sobre enseñanzas de Religión del Decreto 64/2022, de 20 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen para la Comunidad de Madrid la ordenación y el currículo del Bachillerato:

 

«3. En primer curso de Bachillerato, los centros docentes, de conformidad con los criterios que determine el titular de la Consejería competente en materia de Educación, desarrollarán las medidas organizativas para que los alumnos que no hayan optado por las enseñanzas de religión reciban la debida atención educativa, de modo que la elección de una u otra opción no suponga discriminación alguna. Estas medidas se desarrollarán mediante la realización de un proyecto que será significativo y relevante. Estos proyectos serán evaluados y calificados, aunque no computarán a efectos de promoción y titulación, ni para calcular la nota final de la etapa. Los centros docentes incluirán estas medidas en su proyecto educativo de centro.

4. En segundo curso de Bachillerato, los alumnos que no hayan de recibir enseñanzas de religión dedicarán esas horas al estudio en la biblioteca del centro o en el espacio que el centro considere más adecuado.»

 

En el BOCM de 3 de octubre de 2022 se emplazó a los interesados en dicho procedimiento, aunque el expediente administrativo nos fue trasladado el 22 de diciembre de 2022.

 

Un pequeño barniz de nuestros argumentos, algunos repetidos en el recurso contencioso contra los Reales Decretos del MEYFP:

 

La «debida atención educativa» es un claro y manifiesto «concepto jurídico indeterminado» que vulnera el principio de legalidad y abunda en la inseguridad jurídica y el derecho a la educación. Las medidas «significativas y relevantes» del decreto de bachillerato impugnado, a la vez que omiten esas actividades (el qué y el cómo), también omiten que no pueden comportar el aprendizaje de contenidos curriculares, por lo que conlleva la discriminación para los alumnos que eligen la enseñanza de la Religión.

El artículo II del Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede de 1979, impide que exista discriminación:

 

«Las autoridades académicas adoptarán las medidas oportunas para que el hecho de recibir o no recibir la enseñanza religiosa no suponga discriminación alguna en la actividad escolar.»

 

Con la «debida atención educativa» (proyectos significativos y relevantes), no solo se les sitúa en una posición de ventaja por los conocimientos en áreas básicas, sino también en las notas medias de bachillerato, toda vez que con una mejor situación académica es previsible que obtengan mejores calificaciones.

 

Por otro lado, en segundo curso de Bachillerato, los alumnos que no hayan de recibir enseñanzas de religión dedicarán esas horas al estudio en la biblioteca del centro o en el espacio que el centro considere más adecuado.

 

a) Del tenor del párrafo anterior se deduce una discriminación para los alumnos que opten por la enseñanza de la Religión, toda vez que aquellos alumnos que, libremente, no optan por ella tendrán horas de estudio que significará un avance en los estudios de bachillerato.

 

La dedicación al estudio de estos alumnos en las horas lectivas en que se imparta la Religión conlleva que las clases de Religión se pongan a primera o última hora de la jornada lectiva, con lo cual los alumnos podrán o no asistir al centro y a ese estudio con el beneplácito de los padres.

 

b) A su vez, la omisión de una asignatura alternativa a la Religión supone quebrar el principio de igualdad de trato —artículo 14 de la Constitución— generador de discriminación para los alumnos que opten por la enseñanza de Religión, y una clara invitación a no escoger la opción por la Religión.

 

A su vez, la inexistencia de una alternativa a la asignatura de Religión en bachillerato supone una discriminación indirecta que sufren los profesores de Religión que, con absoluta seguridad, verán mermadas sus jornadas de trabajo (contratos laborales sujetos a modificación de jornada) con la falta de alumnos matriculados en la asignatura de Religión, porque estos alumnos cursarían una asignatura, como mínimo, con dos horas más semanales (entre ambos cursos de bachillerato) que el resto de alumnos que no optan por la asignatura, y que no les serviría (en caso de que la evaluación sea positiva) a efectos de acceso a otros estudios universitarios, ni en las convocatorias para la obtención de becas, ayudas al estudio y otras.

 

Esperemos que el tribunal sea sensible a nuestros argumentos y se haga justicia.

USIT-EP