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domingo, 22 de febrero de 2009

Un profesor de EpC, antes de empezar la clase: "Que levanten la mano los que van a misa"

"Su hija llegó a casa contando que el profesor de Filosofía y Ciudadanía -la versión de Educación para la ciudadanía para Bachillerato- comenzó la clase con la intención de que se significasen públicamente los alumnos católicos. Les dijo: Que levanten la mano los que van a misa. Unos cuantos la levantaron, y otros se negaron porque dijeron que las creencias pueden hacerse públicas o no, y que nadie podía exigir que lo hiciesen. Como eran mayores, supieron ver la intención del profesor, al poner al descubierto quiénes eran católicos, para encasillar su opinión en los debates que hiciesen en clase. 

La madre nos pidió consejo con el curso empezado, porque desde ese momento quiso objetar. Un caso parecido fue el de otros padres que decidieron objetar a mitad de curso, cuando la profesora de EpC explicó la creación diciendo que, cuando el hombre descubrió su conciencia, fue expulsado por Dios del paraíso, para sugerir que los que creían en Dios tenían la conciencia adormecida".

A pesar de lo extenso de este primer párrafo, estamos seguros de que el lector habrá terminado de leer -quizá con preocupación- estas palabras en las que, doña Caridad Navarro, de Concapa-Albacete, esboza los casos de padres que acuden a su asociación, preocupados por los excesos de ciertos profesores de Educación para la ciudadanía que, amparados en manuales más que dudosos, no dudan en poner en la picota a los alumnos objetores e incluso a los católicos. Es el caso de padres como don Alejandro Campoy y su mujer, doña Mónica García, miembros de Concapa-Toledo y primera familia objetora de toda España.

Como señala don Alejandro, "en nuestro caso, la dirección del centro no nos puso pegas, y en la APA hubo padres que nos apoyaron e incluso terminaron por objetar. Otras APAS lo han tenido más difícil, porque están en primera línea. Si el centro te apoya, es más fácil, pero si obstaculiza la objeción, los padres y los alumnos lo pasan muy mal, porque están metidos de lleno en la boca del lobo". Campoy recuerda que "los padres objetores tenemos una responsabilidad aún mayor hacia nuestros hijos. Aunque en principio no pueden suspender a los objetores, hay que cubrirse las espaldas, y por eso los niños tienen que aprobar el resto de asignaturas. Nosotros tenemos que vigilar su estudio, repasar con ellos, ayudarles con los deberes..." Y añade un consejo: "Aunque el centro diga que adapta la asignatura, es mejor que los padres no se fíen. Estamos a tiempo de objetar, porque los manuales esconden contenidos que pueden ir contra los valores morales que los padres quieren para sus hijos".

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jueves, 1 de mayo de 2008

El TSJA anula parte de EpC por ser "incompatible" con la "neutralidad del Estado"

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anulado el desarrollo en esta comunidad de todos los contenidos de la asignatura de Educación para la Ciudadanía que se refieren a ideología de género, los llamados "matrimonios" gays y valores sobre opciones de vida adultas. Con esta sentencia, la Justicia da la razón a los miles de padres que han denunciado el adoctrinamiento político abanderado por el Ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha estimado parcialmente el recurso interpuesto contra la asignatura Educación para la Ciudadanía (EpC) por lo que ha declarado nulas distintas expresiones referentes a la ideología de género y opciones vitales contenidas en las Órdenes de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía de 10 de agosto de 2007 por las que se desarrollan los currículos correspondientes a la Educación Primaria y Secundaria Obligatoria en la comunidad autónoma andaluza.
 
En este sentido, la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, argumenta que el límite que exige el principio de neutralidad ideológica "sí se rebasa" en los Reales Decretos que configuran EpC porque la regulación que ofrece "revela a las claras que se está más allá de transmitir los valores de libertad, justicia, igualdad y pluralismo político recogidos en la Constitución, sobrepasando lo que sea una enseñanza teórica y práctica de los principios democráticos de convivencia".
 
De la misma manera, la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA --con sede en Sevilla-- concluye que la afirmación curricular de que los derechos humanos dependen del contexto o de la coyuntura histórica y son susceptibles de ser creados o destruidos "es un postulado ideológico que no está incorporado en la norma constitucional".