Estimadas/os compañeras/os:
En su momento, a raíz de las reducciones de jornadas y, consecuentemente
de la mengua de las retribuciones y su posterior incidencia en la jubilación,
iniciamos, en defensa de nuestros afiliados y del colectivo de profesores de religión en su conjunto, un pormenorizado estudio jurídico-laboral sobre el devengo del DESEMPLEO PARCIAL, en los casos en los que concurren los requisitos formales, generales y específicos establecidos por la Ley. Reducciones de jornada que se han aplicado al no haber podido completarse las mismas, bien por falta de vacantes o por incompatibilidad horaria en otros centros.
Nuevamente USIT-EP está siendo pionera en la conquista de este
derecho laboral, al conseguir el desempleo parcial. Reconocimiento obtenido
ante el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), en razón a nuestros sólidos
argumentos jurídicos, que también en esta materia han sido concluyentes.
Este reconocimiento supone el pago de una prestación contributiva
mensual, además del ingreso de la cotización a la Seguridad Social, entre
otras, por jubilación; que tan importante puede llegar a ser para completar periodos de carencia.
Otro logro que, más allá de las consecuencias individuales, hay que añadir
al haber de los ya conseguidos por USIT-EP para todo el colectivo; a los que
todos se acogen y de los que algunos impúdicamente se apropian. Tales como:
AYUDAS PARA EL DESPLAZAMIENTO EN UNA IMPORTANTE CUANTIA.
AYUDAS A LA FORMACIÓN DEL CURSO ESCOLAR 2009/2010.
DERECHO A LOS TRIENIOS PARA TODO EL COLECTIVO.
DERECHO A LOS SEXENIOS PARA TODO EL COLECTIVO (Falta el
pronunciamiento del TS).
DERECHO AL DEVENGO DE LAS TUTORÍAS.
¡Os seguiremos informando!
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