El Alto Tribunal reconoce el derecho de la profesora a no sufrir discriminación
El Tribunal Constitucional ha reconocido el derecho a no sufrir discriminación por sus circunstancias personales, a la libertad ideológica y a la intimidad personal y familiar de una profesora, a la que no se le renovó el contrato para enseñar religión tras casarse por lo civil con un divorciado.
Este hecho "no guarda relación con la actividad docente desempeñada por la demandante, pues no afecta a sus conocimientos dogmáticos o a sus actitudes pedagógicas", según argumenta el Constitucional (TC) en una sentencia conocida este martes.
Así, el TC anula una sentencia de diciembre de 2001 del Juzgado de lo Social número 3 de Almería y otra de 2002 de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
Esos tribunales habían desestimado las demandas de la profesora Resurrección Galera Navarro contra el Obispado de Almería, que no la propuso para continuar impartiendo religión porque no reunía las condiciones exigibles para defender la moral y la doctrina cristiana.
El TC otorga el amparo reclamado por Galera e impone "retrotraer" las actuaciones al momento anterior a dictarse la sentencia del juzgado de Almería para que este órgano judicial dicte otra nueva acorde con los argumentos del fallo constitucional.
No hay comentarios:
Publicar un comentario