Tramo 1: consiste en una ayuda de 100 euros, que se asignará a los docentes que hubieran prestado servicios efectivos durante todo el curso escolar o de la cantidad proporcional, si hubiera sido inferior. No hay que hacer nada, se pagará de oficio.
Tramo 2: la cuantía restante, descontando lo anterior, se distribuirá entre todos los solicitantes por el gasto por abono transporte que cubra el desplazamiento entre el domicilio y el centro de trabajo.
También podrán optar a estas ayudas los que sin haber adquirido un titulo de transporte individual, si se encuentran en alguna estas situaciones:
a) Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% siempre que dicha discapacidad sea incompatible con el uso del transporte público.
b) Desarrollar las tareas docentes en localidad a la que no llegue el transporte público en horario compatible con el horario lectivo.
c) Cumplir horario en más de un centro, dentro de la misma jornada laboral diaria, con periodicidad semanal.
SOLICITUDES: para participar en el TRAMO II se deberá presentar el modelo oficial que figura como Anexo II de la orden, dirigida a la Subdirección General de Gestión del Profesorado de Educación Infantil, Primaria y Especial, de la Dirección General de Recursos Humanos.
La solicitud, que estará desde hoy (a las 10:40 no está disponible), deberá cumplimentarse, exclusivamente, por medios electrónicos, a través de la aplicación informática en este enlace:
El PLAZO será hasta el 6 de julio de 2020
USIT-EP
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