jueves, 28 de mayo de 2020

Educación dicta instrucciones para volver al AULA


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                                                           Madrid, 27 de mayo de 2020

CUANDO LA POLÍTICA ESTÁ POR ENCIMA DE LA SALUD (de algunos)

Si hemos criticado hasta la saciedad las acciones y omisiones del Gobierno de España, no podemos dejar de hacerlo con el Gobierno de la Comunidad de Madrid, que en una intempestiva huida —no se sabe hacia dónde—, quiere imponer la vuelta a las aulas pese al riesgo que conlleva tal imposición. Mientras, ellos en casa, por prudencia o comodidad, o en sus despachos sin aglomeraciones, bien ventilados y con mascarillas FFP2.

          Unas nuevas instrucciones de las ínclitas Viceconsejerías, que revisten su ignorancia y temeridad con pedagogía y en delegar en la «autonomía de los centros», para que volvamos a las aulas el próximo lunes, 1 de junio.

          La Comunidad de Madrid, «dechado» de virtudes pedagógicas, considera que las clases presenciales pueden retomarse desde el 1 de junio para los alumnos que, actualmente, se encuentren en el último curso de alguna etapa educativa, sobre todo para segundo de bachillerato. Para ello han solicitado al Ministro de Sanidad autorización para imponer su voluntad en la actual fase I, pero si no llega se impondrá, previsiblemente, el 8 de junio en la fase II.

          Estas, entre otras, son las instrucciones dadas, pero podrían cambiar el fin de semana si baja la temperatura, llueve o hace más calor: es impredecible.

Educación Infantil
Podrán volver a la educación presencial en la fase III, de manera voluntaria, los alumnos de primer ciclo de educación infantil (de 0 a 3 años), si sus padres trabajan fuera de casa (deberán justificarlo). En fin, que esta etapa no es educativa sino asistencial.

Educación Primaria
Si autoriza el Ministro de Sanidad y se permite la asistencia de los alumnos durante la fase I, desde el 1 de junio, o en su defecto, cuando la región accediera a la fase II, a partir del 8 de junio, los centros organizarán sesiones de refuerzo destinadas a aquellos alumnos con mayores dificultades derivadas de la situación de suspensión temporal de las actividades lectivas presenciales.

          Estas sesiones serán de tutorías y/o clases en grupos reducidos. Los centros comunicarán a los alumnos y a las familias el calendario de estas actividades. La asistencia de los alumnos será voluntaria.

          Eso significa que cuando el profesor vuelva a casa deberá a los que no han asistido a las clases presenciales…
Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato
Siempre que se produzca la autorización, los centros programarán sesiones presenciales de enseñanza y aprendizaje para segundo de bachillerato, con la finalidad de asentar los aspectos del currículo que se consideren imprescindibles para las evaluaciones finales, así como para la preparación de las pruebas de evaluación del Bachillerato para el acceso a la universidad (EBAU).

          Si no hay autorización, en fase II, tras realizar la evaluación final ordinaria, se llevarán a cabo actividades presenciales de apoyo, refuerzo, tutorización para los alumnos de segundo de bachillerato con el objeto de preparar las pruebas de acceso a la Universidad. Estas actividades serán voluntarias para los alumnos.

          En el resto de cursos, si se produjese la autorización de la flexibilización de la Fase I, se organizarán sesiones presenciales de refuerzo para alumnos con dificultades por la situación de suspensión temporal de las actividades lectivas presenciales. La asistencia de los alumnos será voluntaria.

Desarrollo de las sesiones presenciales.

La asistencia de los alumnos será voluntaria.
La distancia entre los alumnos en las aulas deberá ser de dos metros.
Los centros dispondrán de autonomía para la organización de estas sesiones en función de sus características: asistencia alterna, semigrupos paralelos, distribución de alumnos, reordenación de horarios dentro del horario establecido, turnos, entradas y salidas escalonadas; los centros podrán reorganizar el horario de las sesiones y el número de sesiones diarias, el número de sesiones por asignatura y la organización de periodos de recreo, así como otras medidas que consideren adecuadas dentro de la normativa de aplicación.
  
USIT-EP

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