El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha fallado en contra del Gobierno regional por el reparto de las horas de la asignatura de Religión en el currículo de ESO y Bachillerato.
El TSJEx ha estimado el recurso presentado por la Asociación de Padres de Extremadura Escuela Pública Educación Integral (Apadex).
En los fundamentos de derecho, la sentencia considera "discriminatorio" que se haya reducido el 50 % de la asignatura en ESO y se haya quedado en una hora semanal, lo que no ocurre con otras materias denominadas "específicas".
De esta forma, a juicio del alto tribunal extremeño, incumple la Ley Orgánica de Mejora de la Calidad Educativa (Lomce) en lo relativo a los acuerdos del Estado español con la Santa Sede.
También considera que la libre libertad de elección "no queda garantizada" en Bachillerato porque el alumno que elija Religión "forzosamente" debe optar por Ética y Ciudadanía u otra específica, por lo que se ve "obligado" a cursar una hora semanal más que los estudiantes que no cursen esta asignatura.
Además, según la Lomce, dice la sentencia, aunque las administraciones educativa y los centros de enseñanza públicos tienen un margen de libertad a la hora de ofertar las asignaturas específicas de Bachillerato, están "obligados" a incluir en ella la Religión tanto en primero como en segundo de esta etapa.
Debido a las "dudas de derecho" que plantea el caso, el TSJEx no impone costas a la parte demandada.
En la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno, la portavoz de la Junta de Extremadura, Isabel Gil Rosiña, ha anunciado que interpondrán un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
A su juicio, el Gobierno regional cumple la ley de educación y no vulnera los acuerdos con la Santa Sede.
Gil Rosiña ha aseverado que la Junta de Extremadura no hizo este decreto "contra la Religión".
Este recurso es uno de los tres que se presentaron contra la regulación de la asignatura de Religión en el currículo de ESO y Bachillerato.
El alto tribunal extremeño falló ya a favor de la Junta al desestimar el recurso contencioso administrativo presentado por los tres obispados extremeños, cuyo fallo está recurrido.
El Arzobispo de Mérida-Badajoz y los obispados de Coria-Cáceres y Plasencia consideran que la norma "lesiona" tres derechos fundamentales recogidos en la Constitución Española.
El de los padres para que sus hijos reciban formación religiosa y moral de acuerdo a sus convicciones, a la libertad religiosa y de culto, y a la igualdad y no discriminación.
El tercer recurso pendiente de resolver por parte del TSJEx fue presentado por una asociación de docentes.
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