jueves, 19 de noviembre de 2020

Sobre la LOMLOE


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Unión Sindical Independiente de Trabajadores

Empleados Públicos

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                                 Madrid, 19 de noviembre de 2020



 

Estimadas/os compañeras/os:          

 

          Hoy ha sido aprobado el dictamen de la nueva ley de educación, la LOMLOE, por la necesaria mayoría absoluta en el Congreso de los Diputados, pero  muy ajustada: 177 votos a favor, 148 en contra y 17 abstenciones. Ahora, el texto será remitido al Senado para que sea ratificado y, posteriormente, volverá de nuevo a la Cámara Baja.

 

        La LOMLOE, en su contrarreforma, elimina los artículos de la LOMCE que convertían la asignatura de Religión en una «materia específica», por lo que supone la eliminación de su cómputo para la nota media del alumnado. También se elimina la asignatura espejo o alternativa.

 

        Esta nueva ley es un mascarón agrietado en la proa de un Gobierno débil, que confunde fortaleza con totalitarismo. Es la ley del miedo a la libertad. Es una ley fracasada en su germen pues, como otras, nace sin amplios consensos políticos y sociales que, como afirma la Comisión Europea, está abocada a ser una ley débil y sin recorrido.

 

        La pregunta que de mayor interés en estos momentos es, para muchos, sobre el calendario de implantación, y para ello recogemos, negro sobre blanco, lo impreso en la disposición final quinta:

 

«3. Las modificaciones introducidas en el currículo, la organización y objetivos de educación primaria se implantarán para los cursos primero, tercero y quinto en el curso escolar que se inicie un año después de la entrada en vigor de esta ley, y para los cursos segundo, cuarto y sexto en el curso que se inicie dos años después de dicha entrada en vigor.

4. Las modificaciones introducidas en el currículo, la organización, objetivos y programas de educación secundaria obligatoria se implantarán para los cursos primero y tercero en el curso escolar que se inicie un año después de la entrada en vigor de esta ley, y para los cursos segundo y cuarto en el curso que se inicie dos años después de dicha entrada en vigor.

5. Las modificaciones introducidas en el currículo, la organización y objetivos de bachillerato se implantarán para el primer curso en el curso escolar que se inicie un año después de la entrada en vigor de esta ley, y para el segundo curso en el curso que se inicie dos años después de dicha entrada en vigor.»

        Entendemos que las primeras modificaciones de currículo, organización, objetivos y programas, se producirían, salvo error, no en el próximo curso (2021/2022) sino en el curso posterior (2022/2023).

 

        Con estas palabras os queremos transmitir mucho ánimo y confianza. No está todo perdido, pues como nos recuerda el mítico final de la película Casablanca, «siempre nos quedará París», que no es otra instancia que intentarlo en el Senado (con mayoría socialista), luego en los tribunales patrios y, en su caso, a instancias supranacionales.

 

Un saludo y fuerza en la festividad del Santo Profeta Abdías,

 

                                                                 

                                                                    USIT-EP

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