Unión Sindical Independiente de Trabajadores Empleados Públicos | |
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Madrid, 31 de agosto de 2020
Estimadas/os compañeras/os:
La ORDEN 1035/2020, de 29 de agosto, de la Consejería de Sanidad, por la que se modifica la Orden 668/2020, de 19 de junio, por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 una vez finalizada la prórroga del estado de alarma establecida por el Real Decreto 555/2020, de 5 de junio, para la ejecución de actuaciones coordinadas en salud pública frente al COVID-19 para centros educativos durante el curso 2020-2021 y en relación con la vacunación frente a la gripe (BOCM, 31 agosto), DICE:
«Los trabajadores vulnerables al COVID-19 mantendrán las medidas de protección de forma rigurosa, de acuerdo con la evaluación realizada por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales y su informe sobre las medidas de prevención, adaptación y protección necesarias, siguiendo lo establecido en el Procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al SARS-CoV-2.»
Los SERVICIOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES de la Comunidad de Madrid, sobre los TRABAJADORES ESPECIALMENTE SENSIBLES, mantienen:
«El servicio sanitario del SPRL debe evaluar la presencia de personal trabajador especialmente sensible en relación a la infección de coronavirus SARS‐CoV‐2, establecer la naturaleza de especial sensibilidad de la persona trabajadora y emitir informe sobre las medidas de prevención, adaptación y protección. Para ello, tendrá en cuenta la existencia o inexistencia de unas condiciones que permitan realizar el trabajo sin elevar el riesgo propio de la condición de salud de la persona trabajadora.
Con la evidencia científica disponible a fecha 2 de junio de 2020 (Información científica‐técnica sobre el COVID‐19, del Ministerio de Sanidad; ECDC; CDC), el Ministerio de Sanidad ha definido como grupos vulnerables para COVID‐19 las personas con enfermedad cardiovascular, incluida hipertensión, enfermedad pulmonar crónica, diabetes, insuficiencia renal crónica, inmunodepresión, cáncer en fase de tratamiento activo, enfermedad hepática crónica severa, obesidad mórbida (IMC>40), embarazo y mayores de 60 años.»
Por ello entendemos que, si perteneces a algún grupo de RIESGO, es NECESARIO que te dirijas, con los informes médicos oportunos, al servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid, pidiendo una cita en los siguientes contactos:
- Reconocimientos médicos, adaptación de funciones, embarazo o lactancia: 91 580 26 74
- Evaluaciones de riesgos y otras solicitudes: 91 580 53 37
- Correo electrónico: servicio.prevencion@madrid.org
Un saludo,
USIT-EP |
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